Diputación provincial de málaga · Málaga

Resolución de Presidencia 2026/6590 de 9 de septiembre, de aprobación de la Convocatoria de subvenciones para la recuperación económica de la industria agroalimentaria, la agricultura, la ganadería y la pesca en la provincia de Málaga (Plan Málaga VI).

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Plazo de solicitud

Fecha límite
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El extracto fija varios plazos distintos (por líneas, fases o casos), así que no hay una única fecha que podamos mostrar. Consulta el plazo en el extracto o en las bases oficiales (enlaces más abajo).

Quién puede pedirla

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Podrán ser beneficiarias las personas físicas, las jurídicas, y las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, aun careciendo de personalidad jurídica, que presentando la solicitud en plazo y según modelo normalizado, cumplan con los requisitos relacionados en el art 2 de las bases reguladoras de la convocatoria

Texto literal del extracto publicado en el BOP de Málaga el 16/09/2026

Cuánto se da

La convocatoria se financia con cargo a los créditos presupuestarios que figuran en el presupuesto del año 2026 de la Diputación Provincial de Málaga, por un importe total de cinco millones cuatrocientos cincuenta y tres mil ochocientos noventa y cuatro Euros y treinta céntimos (5.453.894,30 €), consignados en el proyecto de gasto con número de código 2026/2/4191/1, imputados a las siguientes aplicaciones presupuestarias.

LÍNEA 1. GASTOS CORRIENTES:

2026/1101/4191/47900 (otras subvenciones a empresas privadas): 2.183.500,00€.

LÍNEA 2. GASTOS DE INVERSIÓN:

2025/1101/4191/7700000 (a empresas privadas): 3.270.394,30 €.

1. La cuantía máxima a conceder a las personas beneficiarias de las subvenciones se determinará teniendo en cuenta lo siguiente para cada una de las líneas:

Línea 1: Gastos corrientes:

- La cuantía máxima a conceder a las personas beneficiarias de la subvención no podrá ser superior a seis mil euros (6000,00 euros).

Línea 2: Gastos de inversión:

- Cuando el importe del proyecto, IVA excluido, sea inferior o igual a 10.000,00 euros, se concederá subvención por el 100 % del importe total del proyecto.

- Cuando el importe del proyecto supere la cuantía de 10.000,00 euros, IVA excluido, la cuantía de la subvención será el 85 % del proyecto, con un un máximo de 14.000,00 euros de cuantía de la subvención.

Texto literal del extracto publicado en el BOP de Málaga el 16/09/2026

Presupuesto total de la convocatoria (para todos los beneficiarios): 5.453.894 €.

Para qué es

1. El objeto de la convocatoria es la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de las siguientes líneas de subvenciones destinadas a la recuperación económica de la industria agroalimentaria, la agricultura, la ganadería y la pesca en la provincia de Málaga (Plan Málaga VI), con el fin de conservar, garantizar, dinamizar el desarrollo económico en el territorio e impulsar la creación de nuevas oportunidades en el sector primario, mitigando la carga y aumento de los costes de producción, así como el fomento de productos locales:

1. LÍNEA 1. GASTOS CORRIENTES EN BIENES Y SERVICIOS.

2. LÍNEA 2. GASTOS DE INVERSIÓN.

Texto literal del extracto publicado en el BOP de Málaga el 16/09/2026

Qué se necesita

Los requisitos completos y la documentación que hay que presentar están en las bases reguladoras y en el texto de la convocatoria (enlaces más abajo).

Dónde y cómo se solicita

El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles (10 días), iniciándose el plazo a las 9:00 horas del día siguiente al de publicación, en el Boletín Oficial de la Provincia el extracto de la convocatoria previsto en el artículo 20.8 de la Ley 38/2003, de 18 de noviembre, General de Subvenciones, y finalizará a las 24:00 horas del décimo día hábil.

La presentación de solicitudes, con la documentación prevista en el art 8 de las bases reguladoras, y art 6 de la convocatoria, se efectuará preferentemente a través de medios electrónicos en la sede electrónica (https://sede.malaga.es/), en el trámite especifico habilitado al efecto, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en atención a la obligación o no de relacionarse con la Administración por medios electrónicos. Así, la presentación de solicitudes podrá efectuarse:

1.1) Para los interesados obligados a relacionarse con la Administración por medios electrónicos:

a) En el registro electrónico de la Diputación de Málaga, accesible a través de la sede electrónica.

b) En el registro electrónico común, accesible en la página web https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do, o el que corresponda, en su caso.

1.2) Para los restantes interesados:

a) En algunos de los medios anteriormente señalados.

b) En las oficinas de Correos, mediante correo certificado en sobre abierto. […]

Texto literal del extracto publicado en el BOP de Málaga el 16/09/2026

Ir a la sede electrónica (se abre en una pestaña nueva) Enlace indicado por el organismo en la BDNS.

Órgano convocante

Administración
Entidad local
Departamento o entidad
DIPUTACIÓN PROV. DE MÁLAGA
Órgano
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE MÁLAGA
Ámbito
Málaga

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Datos actualizados el 28 de septiembre de 2026. Esta ficha es orientativa y la ha preparado Subvención Clara, que no es un organismo oficial: lo que vale es la convocatoria publicada en el boletín oficial.