Ayuntamiento de alcalá la real · Jaén

Convocatoria de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, a la inversion para nuevas empresas que se establezcan preferentemente en el centro histórico – zona norte de alcalá la real, el núcleo urbano de sus aldeas y en el resto del casco urbano…

Abiertahasta el 30/09/2026

Plazo de solicitud

Inicio del plazo
Fecha límite
30 de septiembre de 2026

Plazo calculado a partir del extracto oficial. Si el plazo se cuenta en días hábiles, los festivos de tu comunidad o municipio pueden alargarlo.

Quién puede pedirla

AutónomosPymesEmprendedores

Empresas y empresarios individuales (dados de alta en el IAE) que inicien actividad en Alcalá la Real entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026, como empresa nueva o con un establecimiento nuevo, preferentemente en el centro histórico (zona norte), las aldeas o el hábitat rural diseminado.

Cuánto se da

El extracto no fija la cantidad por empresa; la restauración tiene una intensidad de ayuda mayor. Crédito total: 50.000 €.

Presupuesto total de la convocatoria (para todos los beneficiarios): 50.000 €.

Para qué es

Subvencionar la inversión de nuevas empresas para revitalizar el centro histórico y las aldeas de Alcalá la Real.

Qué se necesita

No se subvencionan ampliaciones de establecimientos abiertos antes del 1 de octubre de 2025 ni los cambios de local. La zona del centro histórico se delimita en el anexo III de las bases.

Dónde y cómo se solicita

Solo por medios electrónicos, en la sede electrónica del Ayuntamiento de Alcalá la Real, hasta el 30 de septiembre de 2026 (incluido).

Ir a la sede electrónica (se abre en una pestaña nueva) Enlace indicado por el organismo en la BDNS.

Comparar con el texto literal del extracto oficial

Nuestro resumen se ha redactado a partir de estos apartados del extracto publicado en el BOP de Jaén el 10/09/2026. Si ves alguna diferencia, lo que vale es el texto oficial.

Beneficiarios

1. Podrán ser beneficiarias de la subvención las empresas válidamente constituidas y que cumplan con la normativa vigente para desarrollar su actividad e inscritas en el correspondiente registro empresarial, o que estén dadas de alta en el impuesto de Actividades Económicas en el caso de empresario individual, y que cumplan todas las características que se indican a continuación:

a. Que vayan a iniciar la actividad en el municipio, ya sea como nueva empresa o mediante la apertura de un nuevo establecimiento en el caso de empresas existentes, desde el 1 de octubre de 2025 hasta el 30 de septiembre de 2026. No se considera subvencionable la ampliación en establecimientos que estén abiertos con anterioridad al 1 de octubre de 2025 o el cambio de local en el área de inversión.

b. Que la empresa se establezca preferentemente en el centro histórico – zona norte de Alcalá la Real, sus aldeas o núcleos de hábitat rural diseminado y en el resto del municipio de Alcalá la Real" si cumplen requisitos de edad o discapacidad. Se adjunta como ANEXO III de estas bases plano de delimitación del centro histórico – zona norte de Alcalá la Real a estos efectos. Tanto en las aldeas como en los núcleos de hábitat rural diseminados sólo se permite abrir negocios en las zonas urbanas.

c. Las empresas cuya actividad sea de restauración tendrán un mayor apoyo en la intensidad de esta subvención por considerar este sector de especial interés para Alcalá la Real.

2-. Quedan EXCLUIDAS como beneficiarias:

a. Las entidades de capital público y las administraciones públicas.

b. Las asociaciones, fundaciones, comunidades de bienes y cualquier y sociedad civil.

c. No se subvencionan aquellas inversiones que no sean realizadas en locales comerciales en planta baja.

d. Tampoco se consideran subvencionables cuando el local comercial se encuentre dentro de los espacios públicos que tiene el ayuntamiento o la Junta de Andalucía para establecerse como: CADE, espacios Coworking y CME.

Texto literal del extracto publicado en el BOP de Jaén el 10/09/2026

Cuantía

La asignación presupuestaria para las ayudas reguladas en las presentes bases será de un importe global máximo de 50.000 €, con cargo a la aplicación presupuestaria 2026 433 77000

Texto literal del extracto publicado en el BOP de Jaén el 10/09/2026

Objeto

El objeto de las subvenciones a las que se refieren estas bases es el fomento del desarrollo económico y social del municipio de Alcalá la Real favoreciendo la implantación nuevas empresas, preferentemente en su centro histórico – zona norte, aldeas y diseminados, y en el resto del casco urbano de Alcalá la Real, con una intensidad mayor en la subvención en el caso de actividades hoteleras, contribuyendo con ello a su revitalización.

Texto literal del extracto publicado en el BOP de Jaén el 10/09/2026

Plazo

El plazo de presentación de la solicitud y documentación: Hasta el día 30 de septiembre de 2026 inclusive, que se contarán a partir del día siguiente al de publicación del extracto de convocatoria en el BOP de Jaén.

La solicitud de la subvención y su justificación se realizará a través de medios electrónicos.

Texto literal del extracto publicado en el BOP de Jaén el 10/09/2026

Órgano convocante

Administración
Entidad local
Departamento o entidad
ALCALÁ LA REAL
Órgano
AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ LA REAL
Ámbito
Jaén

Título oficial: CONVOCATORIA DE AYUDAS, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA NO COMPETITIVA, A LA INVERSION PARA NUEVAS EMPRESAS QUE SE ESTABLEZCAN PREFERENTEMENTE EN EL CENTRO HISTÓRICO – ZONA NORTE DE ALCALÁ LA REAL, EL NÚCLEO URBANO DE SUS ALDEAS Y EN EL RESTO DEL CASCO URBANO

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Datos actualizados el 28 de septiembre de 2026; resumen revisado el 29 de septiembre de 2026. Esta ficha es orientativa y la ha preparado Subvención Clara, que no es un organismo oficial: lo que vale es la convocatoria publicada en el boletín oficial.