Dirección general de servicios sociales, infancia y familia · Extremadura
Ayudas 2026 a la natalidad a familias residentes en Extremadura por Resolución de 29 de julio de 2026, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria
Abiertahasta el 30/09/2026
Plazo de solicitud
- Inicio del plazo
- Fecha límite
- 30 de septiembre de 2026
Plazo calculado a partir del extracto oficial. Si el plazo se cuenta en días hábiles, los festivos de tu comunidad o municipio pueden alargarlo.
Quién puede pedirla
Particulares
De acuerdo con lo señalado en el resuelvo segundo de la resolución de
aprobación de la convocatoria podrán acceder a las ayudas las personas
físicas que cumplan los requisitos del artículo 2 del decreto regulador
de estas ayudas, siempre que el nacimiento, adopción, guarda con fines
de adopción o situación equivalente en caso de adopción internacional
haya tenido lugar o se produzca entre el 1 de septiembre de 2025 y el 31
de agosto de 2026, ambos inclusive.
Cuánto se da
La cuantía total máxima de la convocatoria de ayudas por natalidad será
de 1.000.000,00 €, con cargo a la aplicación presupuestaria
110030000/G/252A/48000, Fondo CAG0000001, código de proyecto 20240336,
de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura
para el año 2026.
No realizada la ampliación de crédito correspondiente y agotado el
crédito consignado en la convocatoria, se declarará finalizado el
período de vigencia de la misma mediante resolución del Secretaria
General de la Vicepresidencia y Consejería de Desregulación, Servicios
Sociales y Familia y se publicará en el Diario Oficial de Extremadura
(http://doe.juntaex.es) y en el portal de subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/A11/es/inicio), con la
consiguiente inadmisión de las solicitudes posteriormente presentadas.
La cuantía individualizada de la ayuda a otorgar será de 500 € por cada
hija o hijo nacido, adoptado o sobre el que se haya formalizado la
guarda con fines de adopción o situación equivalente en caso de adopción
internacional.
Presupuesto total de la convocatoria (para todos los beneficiarios): 1.000.000 €.
Para qué es
La convocatoria tiene por objeto a concesión de ayudas por natalidad,
correspondiente al año 2026, por el procedimiento de concesión directa y
convocatoria pública abierta, a otorgar a las familias residentes en la
Comunidad Autónoma de Extremadura por el nacimiento, la adopción, la
guarda con fines de adopción o situación equivalente en caso de adopción
internacional, en núcleos de población con menos de 3.000 habitantes.
Qué se necesita
Los requisitos completos y la documentación que hay que presentar están en las bases reguladoras y en el texto de la convocatoria (enlaces más abajo).
Dónde y cómo se solicita
El plazo de presentación de solicitudes comenzará al día siguiente de la
publicación simultánea de la convocatoria y el presente extracto en el
Diario Oficial de Extremadura, http://doe.juntaex.es, finalizando el 30
de septiembre de 2026, inclusive.
El modelo de solicitud y el de certificado de residencia en una entidad
local menor o pedanía, según anexos I y II, respectivamente, estarán
disponibles en el punto de acceso general electrónico de los servicios y
trámites: https://www.juntaex.es/w/0702824.
Las solicitudes se dirigirán a la Secretaría General de la
Vicepresidencia y Consejería de Desregulación, Servicios Sociales y
Familia a las siguientes direcciones, en función de la provincia de
residencia:
a) Si se reside en la provincia de Cáceres: Plaza Hernán Cortés, 1.
10001- Cáceres. DIR3 A11036277 (o en su defecto A11030102).
b) Si se reside en la provincia de Badajoz: Ronda del Pilar, 10.
06002-Badajoz. DIR3 A11036577 (o en su defecto A11030101).
Ir a la sede electrónica (se abre en una pestaña nueva) Enlace indicado por el organismo en la BDNS.
Órgano convocante
- Administración
- Comunidad autónoma
- Departamento o entidad
- EXTREMADURA
- Órgano
- DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS SOCIALES, INFANCIA Y FAMILIA
- Ámbito
- Extremadura
- Texto en castellano de la convocatoria (documento de la BDNS)
- Modelo de solicitud (documento de la BDNS)
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Datos actualizados el 28 de septiembre de 2026. Esta ficha es orientativa y la ha preparado Subvención Clara, que no es un organismo oficial: lo que vale es la convocatoria publicada en el boletín oficial.