Ayuntamiento de mislata · Valencia/València

Convocatoria que rige la concesión de subvenciones a las asociaciones culturales de Mislata, para contribuir a la financiación del funcionamiento de sus sedes sociales, programas, actividades culturales y desplazamientos desarrollados entre 2025 y 2026.

Abiertahasta el 16/10/2026

Plazo de solicitud

Inicio del plazo
Fecha límite
16 de octubre de 2026

Plazo calculado a partir del extracto oficial. Si el plazo se cuenta en días hábiles, los festivos de tu comunidad o municipio pueden alargarlo.

Quién puede pedirla

Asociaciones

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las asociaciones culturales locales legalmente constituidas conforme a la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, e inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Mislata y en el Registro de Asociaciones de la Generalitat Valenciana, cuyos fines estatutarios y actividad efectiva se correspondan con las competencias de la Concejalía de Cultura, de acuerdo con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y sus normas de desarrollo.

Dichos fines incluyen la promoción, difusión, desarrollo o dinamización de la cultura, así como el mantenimiento y transmisión de costumbres, tradiciones y manifestaciones culturales de carácter patrimonial, artístico, educativo o socio comunitario, desarrolladas en el ámbito municipal, aun cuando incorporen elementos formativos, lúdicos o recreativos de carácter accesorio.

Quedan excluidas las entidades cuya finalidad principal no sea cultural, en particular aquellas entidades cuyos fines estatutarios o actividades se incardinen de forma más específica en el ámbito competencial de cualquier otra concejalía municipal.

Texto literal del extracto publicado en el BOP de Valencia el 21/07/2026

Cuánto se da

La dotación económica total a destinar por la concejalía de cultura, como financiación necesaria para poder llevar a cabo las diversas líneas o módulos inherentes a la presente convocatoria es de 48.500 € distribuidos en las correspondientes líneas de subvención de la siguiente manera:

Módulo I: hasta un máximo de 19.823,00 €.

Módulo II: hasta un máximo de 26.429,00 €.

Módulo III: hasta un máximo de 2.248,00 €.

La cuantía finalmente concedida no podrá superar los importes indicados para cada módulo, y la asignación estará sujeta a la disponibilidad presupuestaria y a la evaluación de la solicitud conforme a los criterios establecidos en la presente convocatoria.

Texto literal del extracto publicado en el BOP de Valencia el 21/07/2026

Presupuesto total de la convocatoria (para todos los beneficiarios): 48.500 €.

Para qué es

El objeto de las presentes bases es la regulación del procedimiento para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, por parte del Ayuntamiento de Mislata, destinadas a asociaciones culturales locales inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones de Mislata, para la financiación del funcionamiento ordinario de sus sedes sociales, así como de los programas y actividades culturales que desarrollen y de los desplazamientos necesarios para su ejecución, durante el período comprendido entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026.

Texto literal del extracto publicado en el BOP de Valencia el 21/07/2026

Qué se necesita

Los requisitos completos y la documentación que hay que presentar están en las bases reguladoras y en el texto de la convocatoria (enlaces más abajo).

Dónde y cómo se solicita

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia, y finalizará el día 16 de octubre de 2026.

Texto literal del extracto publicado en el BOP de Valencia el 21/07/2026

Órgano convocante

Administración
Entidad local
Departamento o entidad
MISLATA
Órgano
AYUNTAMIENTO DE MISLATA
Ámbito
Valencia/València

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Datos actualizados el 28 de septiembre de 2026. Esta ficha es orientativa y la ha preparado Subvención Clara, que no es un organismo oficial: lo que vale es la convocatoria publicada en el boletín oficial.