Consejería de agua, agricultura, ganadería y pesca · Región de Murcia

Orden de 6 julio 2026 de la consejería de agua, agricultura, ganaderia y pesca por la que se aprueba convocatoria de las ayudas leader financiadas por la intervencion 7119 para ejecucion de proyectos no programados en el marco del pepac del gal nordeste.

Abiertahasta el 10/12/2026

Plazo de solicitud

Inicio del plazo
Fecha límite
10 de diciembre de 2026 (puede ser algún día más tarde según los festivos locales)

Plazo calculado a partir del extracto oficial. Si el plazo se cuenta en días hábiles, los festivos de tu comunidad o municipio pueden alargarlo.

Quién puede pedirla

AutónomosPymes

1. Las personas beneficiarias de las ayudas podrán ser:

a) Entidades públicas de carácter local, con ámbito territorial inferior al provincial: ayuntamientos, mancomunidades, entidades locales menores y consorcios.

b) Personas de derecho privado: personas físicas o jurídicas incluidas sus uniones y federaciones, sociedades civiles, así como las agrupaciones de personas físicas, tales como las Comunidades de bienes (CB) u otras agrupaciones que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo las operaciones que motivan la concesión de la subvención.

c) Asociaciones, fundaciones, comunidades de regantes y consejos reguladores, y otras entidades sin ánimo de lucro, incluidas sus uniones y federaciones.

2. Los GAL no podrán ser beneficiarios de estas ayudas.

3. Para obtener la condición de beneficiario, los solicitantes deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 5 de la Orden de 6 de julio de 2026, de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería y Pesca por la que se aprueba esta convocatoria.

Texto literal del extracto publicado en el BORM el 10/07/2026

Cuánto se da

La cuantía por solicitante no figura en los datos de la BDNS: consulta las bases oficiales.

Presupuesto total de la convocatoria (para todos los beneficiarios): 1.592.024 €.

Para qué es

1. La presente tiene por objeto convocar las ayudas LEADER para la realización de operaciones incluidas en la intervención 7119.2 del PEPAC 2023-2027, para la ejecución de las operaciones de la Estrategia de Desarrollo Local Participativo (en adelante EDLP) para proyectos no programados (7119.02.01. Ejecución de la EDLP: promotores públicos y privados) dentro de la propia estrategia.

2. Las ayudas reguladas en la presente convocatoria, tienen como finalidad financiar la totalidad o parte de las operaciones que, estando de acuerdo con las prioridades de la EDLP aplicable en el territorio, actúen sobre los objetivos del PEPAC de promover el empleo, el crecimiento, la igualdad de género, la inclusión social y el desarrollo local en las zonas rurales y la bioeconomía circular.

Así mismo, el desarrollo en las zonas rurales tiene entre sus objetivos, conservar y recuperar el patrimonio, los recursos naturales y culturales, la preservación de actividades competitivas y multifuncionales, la mejora y dotación de infraestructuras y servicios y la diversificación de su economía.

3. El ámbito de aplicación es el establecido en la EDLP Nordeste y corresponde con los municipios que conforman la comarca del Nordeste de la Región de Murcia: Abanilla, Fortuna, Jumilla y Yecla.

Texto literal del extracto publicado en el BORM el 10/07/2026

Qué se necesita

Los requisitos completos y la documentación que hay que presentar están en las bases reguladoras y en el texto de la convocatoria (enlaces más abajo).

Dónde y cómo se solicita

1. El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y finalizará transcurridos 5 meses desde la misma.

2. Las solicitudes se presentarán por el peticionario o representante legal a través del formulario electrónico asociado al procedimiento con código 4748 y dispuesto para ello en la Sede Electrónica de la CARM (https://sede.carm.es), para lo cual, deberá disponer de certificado digital o DNI electrónico.

1. Las operaciones se ejecutarán antes del 16 de septiembre de la anualidad para la que se otorgó la ayuda, siendo el plazo para la presentación de la justificación y solicitud de pago antes del 21 de septiembre del mismo año.

2. La solicitud de pago se encontrará disponible en la Sede electrónica de la CARM (https://sede.carm.es), para su trámite on line en el procedimiento 4748, de acuerdo con el artículo 16 de la Ley 39/2015, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Texto literal del extracto publicado en el BORM el 10/07/2026

Órgano convocante

Administración
Comunidad autónoma
Departamento o entidad
REGIÓN DE MURCIA
Órgano
CONSEJERÍA DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
Ámbito
Región de Murcia

Título oficial: ORDEN DE 6 JULIO 2026 DE LA CONSEJERÍA DE AGUA, AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA POR LA QUE SE APRUEBA CONVOCATORIA DE LAS AYUDAS LEADER FINANCIADAS POR LA INTERVENCION 7119 PARA EJECUCION DE PROYECTOS NO PROGRAMADOS EN EL MARCO DEL PEPAC DEL GAL NORDESTE.

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Datos actualizados el 28 de septiembre de 2026. Esta ficha es orientativa y la ha preparado Subvención Clara, que no es un organismo oficial: lo que vale es la convocatoria publicada en el boletín oficial.