Consejería de educación y empleo · La Rioja

Conv. subv. integrac. laboral personas riesgo o exclu social empresas inserción

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Las fechas registradas en la BDNS no coinciden con las del extracto oficial. Consulta el plazo en el extracto o en las bases oficiales (enlaces más abajo).

Quién puede pedirla

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Podrán ser beneficiarias de las subvenciones que se convocan por medio de esta Resolución las empresas de inserción que, cumpliendo los requisitos previstos específicamente en la Orden EDE/63/2025, de 13 de octubre, para cada modalidad de subvención y dentro del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de La Rioja, lleven a cabo las siguientes actuaciones:

Para la subvención por creación y mantenimiento de empleo para personas en situación o riesgo de exclusión social, prevista en el Programa I, Sección 1ª del Capítulo II de la Orden, que creen o mantengan empleos para personas en situación o riesgo de exclusión social en los términos y con las limitaciones establecidas en dicho Programa y Sección.

Para la subvención por inversión fija generadora de empleo, prevista en el Programa II, Sección 2ª del Capítulo II de la Orden, que hayan creado nuevos puestos de trabajo de inserción de personas en situación o riesgo de exclusión social y realicen inversiones en los términos y cumpliendo los requisitos previstos en dicho Programa y Sección.

Para la subvención de apoyo a la función gerencial prevista en Programa III, Sección 3ª del Capítulo II de la Orden, que se contrate o mantenga en la plantilla el puesto de gerente necesario para garantizar la viabilidad de la empresa, en los términos establecidos en dicho Programa y Sección y que cuenten en el momento de la solicitud con 5 o más puestos de trabajo de personas en proceso de inserción.

Para la subvención por la contratación de personal técnico de inserción prevista en el Programa IV, Sección 4ª del Capítulo II de la Orden, que cuenten en su plantilla con personal técnico de inserción en los términos y condiciones previstos en dicho Programa y Sección. El número de personas en proceso de inserción a atender por cada técnico contratado a jornada completa no podrá ser superior a 12.

Texto literal del extracto publicado en el BOR el 06/07/2026

Cuánto se da

En la presente convocatoria se aprueba el gasto por importe de ciento veinticinco mil euros (125.000 euros) para hacer frente a la convocatoria de las subvenciones, con cargo a la partida del Presupuesto de Gastos de la Consejería de Educación y Empleo distribuida por anualidades, que se detalla a continuación:

DENOMINACIÓN PRESUPUESTO

PARTIDA PRESUPUESTARIA

CRÉDITO 2026

CRÉDITO 2027

Programas de Inclusión laboral de personas en riesgo de exclusión social

2026/08.08.2411.480.11

90.000€

35.000€

Texto literal del extracto publicado en el BOR el 06/07/2026

Presupuesto total de la convocatoria (para todos los beneficiarios): 125.000 €.

Para qué es

Concesión de subvenciones por creación y mantenimiento de puestos de trabajo para personas en situación o riesgo de exclusión social en empresas de inserción, por inversión fija generadora de empleo vinculada a la creación de nuevos puestos de trabajo, de apoyo a la función gerencial y por la contratación de personal técnico de inserción, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Rioja.

Texto literal del extracto publicado en el BOR el 06/07/2026

Qué se necesita

Los requisitos completos y la documentación que hay que presentar están en las bases reguladoras y en el texto de la convocatoria (enlaces más abajo).

Dónde y cómo se solicita

Los plazos para la presentación de solicitudes de concesión, justificación y pago de las distintas modalidades de subvenciones, conforme al artículo 36 de la Orden, son los siguientes:

1. Para la subvención por creación y mantenimiento de empleo para personas en situación o riesgo de exclusión social, la subvención de apoyo a la función gerencial y la subvención por la contratación de técnicos de inserción se solicitarán y justificarán por trimestres vencidos, siendo dichos trimestres los comprendidos entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026, quedando así acreditado el cumplimiento de la finalidad para la que se concede la subvención y posibilitando con la resolución de concesión el pago de la misma. El plazo de presentación de las solicitudes correspondientes a cada uno de los trimestres comprendidos en el período señalado, será de dos meses contados desde el día siguiente a aquel en que hay vencido el correspondiente trimestre.

2. Para la subvención por inversión fija generadora de empleo prevista en la Sección 2ª del capítulo II, se solicitará y justificará dentro del plazo de cuatro meses a contar desde el día siguiente a la fecha del alta en la Seguridad Social de las personas contratadas vinculadas a la inversión subvencionable. […]

Texto literal del extracto publicado en el BOR el 06/07/2026

Órgano convocante

Administración
Comunidad autónoma
Departamento o entidad
LA RIOJA
Órgano
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO
Ámbito
La Rioja

Título oficial: CONV. SUBV. INTEGRAC. LABORAL PERSONAS RIESGO O EXCLU SOCIAL EMPRESAS INSERCIÓN

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Datos actualizados el 28 de septiembre de 2026. Esta ficha es orientativa y la ha preparado Subvención Clara, que no es un organismo oficial: lo que vale es la convocatoria publicada en el boletín oficial.