Agencia de desarrollo económico de la rioja · La Rioja

CHT Cheque Innov. Talento (Reg.Minimis 2023/2831)

Abiertahasta el 11/12/2026

Plazo de solicitud

Inicio del plazo
Fecha límite
11 de diciembre de 2026

Plazo calculado a partir del extracto oficial. Si el plazo se cuenta en días hábiles, los festivos de tu comunidad o municipio pueden alargarlo.

Quién puede pedirla

AutónomosPymes

Podrán ser beneficiarios de las ayudas contempladas en la presente convocatoria las empresas personas físicas o jurídicas de dimensión Pyme y gran empresa, de conformidad con lo previsto en el artículo 9.1.a) de la Orden reguladora.

Serán además de aplicación, los requisitos y obligaciones para ser beneficiario, contemplados en los artículos 9 y 10 de la Orden reguladora.

Quedan excluidas de la presente convocatoria:

Las asociaciones, federaciones, confederaciones, agrupaciones empresariales, sindicatos, colegios profesionales, entidades deportivas, consorcios, universidades, y entidades del sector público.

Las sociedades civiles, excepto las Sociedades Agrarias de Transformación

Las comunidades de bienes.

Las empresas del sector de la producción agrícola primaria (agricultura y ganadería), salvo que también desarrollen actividades de transformación y/o comercialización al por mayor de los productos obtenidos.

Las empresas cuya actividad principal esté encuadrada en los C.N.A.E. 47. (Comercio al por menor) y C.N.A.E. 95. (Reparación y mantenimiento de ordenadores, artículos personales y enseres domésticos y vehículos de motor y motocicletas)

El beneficiario de la subvención deberá estar dado de alta en el Censo de Actividades Económicas en la Comunidad Autónoma de La Rioja, en un epígrafe correspondiente a alguna de las actividades subvencionadas, en el momento del cierre de la convocatoria

Texto literal del extracto publicado en el BOR el 15/04/2026

Cuánto se da

Importe del crédito disponible: 450.000 euros.

Texto literal del extracto publicado en el BOR el 15/04/2026

Presupuesto total de la convocatoria (para todos los beneficiarios): 430.000 €.

Para qué es

a) Serán subvencionables la realización de los siguientes Cheques, según se describe en el apartado primero, puntos 2.a) y 2.b), de la convocatoria:

- Cheque (Tecnólogos y Gestores).

a.1. Se considerarán subvencionables los gastos de personal para la nueva contratación de tecnólogos o profesionales de gestión. A tal efecto, se considerarán gastos subvencionables los costes de personal (salarios y cargas sociales) de las 12 primeras mensualidades naturales del contrato.

Los tecnólogos o profesionales de gestión corresponderán a alguno de los siguientes perfiles o puestos:

a.1.1. Profesionales tecnólogos para la incorporación a Unidades de I+D, de Innovación, o departamentos de diseño de producto.

a.1.2. Profesionales tecnólogos o de gestión para la planificación, diseño, desarrollo y despliegue operativo de acciones o planes considerados estratégicos y de gestión más óptima para el desarrollo de la empresa. Podrán corresponder a acciones vinculadas a la innovación, la estrategia, la continuidad empresarial, la digitalización, la implantación de sistemas-procesos avanzados, incluidos los vinculados a la Industria 4.0, la sostenibilidad energética y medioambiental, incluidas las vinculadas a la economía circular, los recursos humanos RRHH, la implantación de sistemas o modelos de gestión normalizados, el comercio exterior. A tal efecto, se tendrán en consideración las definiciones previstas en el apartado Anexo. Definiciones de la Orden reguladora.

b) Sólo se admitirá una solicitud por beneficiario. Cada solicitud de Cheque incluirá solamente una única contratación.

c) Las propuestas tendrán que definir y concretar el perfil del profesional a contratar. En cualquier caso, el perfil tendrá que ser acorde a las necesidades del puesto y la actividad de la empresa, según lo descrito en el apartado primero, punto 2.b.2) de la convocatoria.

d) Los profesionales contratados deberán poseer la titulación exigida en el momento de la formalización del contrato. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estar homologada por el Ministerio competente en el momento de la formalización del contrato.

e) Para la presente convocatoria se establece un tipo fijo de subvención del 50%, sometido al régimen de minimis, con un importe máximo de gasto subvencionable de 50.000 euros.

Texto literal del extracto publicado en el BOR el 15/04/2026

Qué se necesita

Los requisitos completos y la documentación que hay que presentar están en las bases reguladoras y en el texto de la convocatoria (enlaces más abajo).

Dónde y cómo se solicita

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día de la publicación del extracto en el Boletín Oficial de La Rioja, a las 9:00 horas.

El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 11 de diciembre de 2026, a las 14:00 horas.

Una vez cerrado el plazo de presentación de solicitudes no se podrá incrementar el importe

del presupuesto de inversión subvencionable.

Serán subvencionables los costes correspondientes realizados desde el 13 de diciembre de 2025, incluido.

Texto literal del extracto publicado en el BOR el 15/04/2026

Órgano convocante

Administración
Comunidad autónoma
Departamento o entidad
LA RIOJA
Órgano
AGENCIA DE DESARROLLO ECONÓMICO DE LA RIOJA
Ámbito
La Rioja

Convocatorias relacionadas

Guía relacionada

Subvenciones para contratar trabajadores: Diferencia entre subvenciones y bonificaciones a la contratación, requisitos habituales y cómo encontrar las ayudas abiertas para contratar.

¿Has visto un error en esta ficha?

Cuéntanos qué dato no coincide con la convocatoria oficial y lo revisaremos.

Datos actualizados el 28 de septiembre de 2026. Esta ficha es orientativa y la ha preparado Subvención Clara, que no es un organismo oficial: lo que vale es la convocatoria publicada en el boletín oficial.