Ayuntamiento de gijón · Asturias
Programa de recualificación para la reconversión profesional mediante la colaboración público-privada, 4ª Edición (2026/2027)
Abiertahasta el 31/12/2027 o fin de fondos
Plazo de solicitud
- Inicio del plazo
- Fecha límite
- 31 de diciembre de 2027, o antes si se agotan los fondos
Plazo calculado a partir del extracto oficial. Si el plazo se cuenta en días hábiles, los festivos de tu comunidad o municipio pueden alargarlo.
Quién puede pedirla
AutónomosPymesAsociaciones
La convocatoria consta de dos líneas de subvención:
Línea 1: Dirigida a empresas legalmente constituidas y ubicadas en el Principado de Asturias, cualquiera que sea su forma jurídica y tamaño, excluyendo a las que tengan una plantilla superior a los/as 250 trabajadores/as en el centro de trabajo para que se requiera la contratación e incluyendo a los trabajadores/as autónomos/as que contraten a personal por cuenta ajena.
Esta Línea se divide a su vez en dos Sublíneas, la 1.A) General y la 1.B) cuyo plazo de presentación de solicitudes está abierto durante la vigencia de la convocatoria hasta agotar el crédito destinado a esta Sublínea y, como máximo, hasta el 31 de diciembre de 2027, limitándose también el número de solicitudes por empresa (1 solicitud).
Línea 2: Dirigida a las asociaciones sectoriales de empresarios/as, Clusters, Agrupaciones de empresas (excluidas las UTE) y entidades sin ánimo de lucro con asociados de un determinado sector de actividad, organizadas para la defensa de sus intereses comunes y la consecución de los fines establecidos en sus estatutos, que se hallen ubicadas de forma estable en el Principado de Asturias y estén legalmente constituidas.
Quedan excluidas las fundaciones y patronatos, así como las administraciones públicas, las sociedades públicas y las entidades vinculadas o dependientes de cualquiera de ellas.
Cuánto se da
El crédito máximo autorizado en la convocatoria es de 1.700.000 euros para las dos anualidades (2026-2027), a financiar con cargo a la aplicación PD50.24101.470.03 (Orientación e Intermediación Laboral. Ayudas a la contratación) del correspondiente presupuesto municipal o la que proceda para cada ejercicio y condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el mismo, de acuerdo a la siguiente distribución:
Línea 1: 1.100.000 euros.
Línea 2: 600.000 euros.
La cuantía máxima de la subvención a conceder por proyecto vendrá condicionada por el presupuesto de la formación, de los gastos indirectos asociados y de las contrataciones a formalizar, aplicándose las siguientes normas:
- Presupuesto de gastos indirectos: se subvencionará como máximo el 10% del presupuesto de la formación, estableciéndose los siguientes límites si dicho porcentaje fuese superior a los mismos:
a) Línea 1 (Empresas): máximo 3.000 euros (menor o igual a 10 contratos) o 5.000 euros (más de 10 contratos).
b) Línea 2 (Asociaciones profesionales): máximo 5.000 euros
- Presupuesto de gastos de formación: se calculará tomando como referencia los importes establecidos para dicho concepto según usuario/hora fijados por el Servicio Público del Principado de Asturias en la Resolución de 18 de julio de 2025 (BOPA núm. 144 de 28 de julio de 2025), con el límite máximo de 50.000 euros.
En el caso de la Sublínea 1.B) solo se subvencionarán gastos de formación hasta un límite de tres alumnos/as.
- Presupuesto de gastos de contratación de los participantes seleccionados: se calculará por un período de doce meses, pudiendo alcanzar el importe de la subvención concedida por este concepto hasta un máximo del 65% de dichos costes en el caso de la Sublínea 1.A) y de la Línea 2 y hasta un máximo del 50% en el caso de la Sublínea 1.B).
En el caso de la Línea 2, la subvención concedida para financiar los gastos de la formación y los costes indirectos se reducirá en un 10% por cada contrato comprometido que no llegue a formalizarse por debajo del objetivo mínimo exigido de cinco contrataciones, pudiendo llegar a reducirse al 50% si no se llega a formalizar ningún contrato, salvo fuerza mayor debidamente acreditada.
Presupuesto total de la convocatoria (para todos los beneficiarios): 1.700.000 €.
Para qué es
Desarrollar un programa de formación y empleo que favorezca tanto la integración laboral de personas desempleadas, como su permanencia y promoción en el mercado de trabajo a través de la recualificación y readaptación en ocupaciones demandadas por las empresas que no encuentran una respuesta adecuada a sus necesidades en el mercado actual, permitiendo de este modo su reconversión profesional. En todo caso las personas seleccionadas para participar en el proyecto formativo y posterior proceso de selección para la contratación, deberán estar empadronadas en el municipio de Gijón/Xixón y no estar contratadas a jornada completa en el momento de iniciarse la acción formativa.
Qué se necesita
Los requisitos completos y la documentación que hay que presentar están en las bases reguladoras y en el texto de la convocatoria (enlaces más abajo).
Dónde y cómo se solicita
La solicitud de participación en el proceso de selección de proyectos se formalizará mediante la presentación del formulario P010062.001 disponible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Gijón/Xixón, acompañada del proyecto y demás documentación exigida de conformidad con lo dispuesto en la cláusula cuarta de los criterios de selección.
Para concurrir a la convocatoria se establecen los siguientes plazos de presentación:
a) Dentro de la Línea 1, Sublínea 1.A y de la Línea 2 el plazo es de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de los criterios en el BOPA.
b) La Sublínea 1.B permanecerá abierta desde el día siguiente a la publicación en el BOPA del extracto de los criterios de selección hasta agotar el crédito disponible y, como máximo, hasta el 31 de diciembre de 2027.
Ir a la sede electrónica (se abre en una pestaña nueva) Enlace indicado por el organismo en la BDNS.
Órgano convocante
- Administración
- Entidad local
- Departamento o entidad
- GIJÓN
- Órgano
- AYUNTAMIENTO DE GIJÓN
- Ámbito
- Asturias
- Extracto BOPA (documento de la BDNS)
- Convenio de colaboración tipo Línea 2 (documento de la BDNS)
- Criterios de selección de proyectos (documento de la BDNS)
- Convenio de colaboración tipo Línea 1 (documento de la BDNS)
- Documento de la convocatoria en español (documento de la BDNS)
- Acuerdo de Junta de Gobierno Local (documento de la BDNS)
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Datos actualizados el 29 de septiembre de 2026. Esta ficha es orientativa y la ha preparado Subvención Clara, que no es un organismo oficial: lo que vale es la convocatoria publicada en el boletín oficial.