Consejería de agricultura, pesca, agua y desarrollo rural · Andalucía
Resolución de 13 de abril de 2026 de la DGIICA, Ayudas para solicitantes que no son Grupos de Desarrollo Rural, previstas en la Orden de 3 de febrero de 2026, ayudas previstas en las Estrategias de Desarrollo Local LEADER Intervención 7119.2
Abiertahasta el 31/12/2028
Plazo de solicitud
- Inicio del plazo
- Fecha límite
- 31 de diciembre de 2028
Plazo calculado a partir del extracto oficial. Si el plazo se cuenta en días hábiles, los festivos de tu comunidad o municipio pueden alargarlo.
Quién puede pedirla
AutónomosPymes
Personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, organismos de derecho público, comunidades de bienes y sociedades civiles que vayan a ejecutar una operación seleccionada por un Grupo de Desarrollo Rural de Andalucía en su Estrategia de Desarrollo Local LEADER. Las personas físicas solo pueden serlo como autónomos o comprometiéndose a darse de alta en los 3 meses siguientes a la concesión.
Cuánto se da
El extracto no fija la cantidad por proyecto. Las ayudas están cofinanciadas en un 85 % por el FEADER y un 15 % por la Junta de Andalucía; el crédito total previsto es de 97.589.590,75 € para 2026 y 2027.
Presupuesto total de la convocatoria (para todos los beneficiarios): 69.933.214 €.
Para qué es
Ejecutar las operaciones seleccionadas por los Grupos de Desarrollo Rural (intervención 7119.2 de la PAC 2023-2027) para impulsar el desarrollo rural de Andalucía: empleo, empresas innovadoras, igualdad y respuesta a las demandas de las zonas rurales LEADER.
Qué se necesita
La operación debe haber sido seleccionada por un Grupo de Desarrollo Rural y el solicitante debe estar entre los beneficiarios previstos para esa tipología de operación (Orden de 3 de febrero de 2026).
Dónde y cómo se solicita
En la sede electrónica de la Junta de Andalucía (procedimiento 25647), hasta el 31 de diciembre de 2028. Es concurrencia no competitiva.
Ir a la sede electrónica (se abre en una pestaña nueva) Enlace indicado por el organismo en la BDNS.
Comparar con el texto literal del extracto oficial
Nuestro resumen se ha redactado a partir de estos apartados del extracto publicado en el BOJA el 22/04/2026. Si ves alguna diferencia, lo que vale es el texto oficial.
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarias las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, los organismos de derecho público, así como las comunidades de bienes y las sociedades civiles, que vayan a ejecutar una operación seleccionada por un Grupo de Desarrollo Rural en el marco de su Estrategia de Desarrollo Local, de conformidad con lo establecido en la Orden de 3 de febrero de 2026. Las personas beneficiarias deberán encontrarse recogidas entre las posibles personas beneficiarias de la tipología de operaciones subvencionables que sea de aplicación a la operación de que se trate.
Las personas físicas únicamente podrán ser beneficiarias en su condición de empresarios individuales (autónomos) o cuando no siéndolo en el momento de la solicitud de la ayuda, se comprometan a adquirir dicha condición una vez resuelta ésta favorablemente, en el plazo máximo de tres meses desde la notificación de la resolución de concesión.
Cuantía
Estas ayudas están cofinanciadas en un 85% por la Unión Europea mediante el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), siendo la contribución financiera aportada por la Comunidad Autónoma de Andalucía del 15% por ciento restante, y se harán efectivas a través de las siguientes partidas presupuestarias de gastos de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural con arreglo a las siguientes cuantías máximas distribuidas por anualidades:
PARTIDAS PRESUPUESTARIAS 2026 2027 TOTAL
1200110000 G/71H/76000/00 C4711901A2 2024000420 24.830.850,00 € 9.500.000,00 € 34.330.850,00 €
1200110000 G/71H/78000/00 C4711901A2 2024000417 21.657.990,75 € 9.000.000,00 € 30.657.990,75 €
1200110000 G/71H/77000/00 C4711901A2 2024000418 24.100.750,00 € 8.500.000,00 € 32.600.750,00 €
TOTAL 70.589.590,75 € 27.000.000,00 € 97.589.590,75 €
Objeto
Se convocan, en régimen de concurrencia no competitiva, las ayudas previstas en las Estrategias de Desarrollo Local LEADER de los Grupos de Desarrollo Rural de Andalucía, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común 2023-2027 (Intervención 7119.2), de solicitantes que no son Grupos de Desarrollo Rural, de conformidad con sus convocatorias de propuestas y sus Estrategias de Desarrollo Local.
La finalidad de la ayudas es la ejecución de las operaciones seleccionadas en el ámbito de las Estrategias de Desarrollo Local de los Grupos de Desarrollo Rural de Andalucía 2023-2027, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común 2023-2027 (Intervención 7119.2), con la finalidad de impulsar el desarrollo rural de Andalucía, para que las comunidades rurales sean más fuertes, conectadas, resilientes y prósperas, allanando el camino para crear nuevas oportunidades para atraer a empresas innovadoras, ofrecer empleo de calidad, fomentar el crecimiento, la igualdad de género, dando respuesta con el apoyo financiero pertinente, a las demandas sociales y económicas de las comunidades locales organizadas en las Zonas Rurales Leader.
Plazo
Las solicitudes podrán presentarse desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, el extracto previsto en el artículo 20, apartado 8, letra a), de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, hasta el 31 de diciembre de 2028.
Órgano convocante
- Administración
- Comunidad autónoma
- Departamento o entidad
- ANDALUCÍA
- Órgano
- CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA Y DESARROLLO RURAL
- Ámbito
- Andalucía
- Texto en castellano de la convocatoria (documento de la BDNS)
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- Presupuesto total
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- Autónomos, Pymes
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Datos actualizados el 28 de septiembre de 2026; resumen revisado el 29 de septiembre de 2026. Esta ficha es orientativa y la ha preparado Subvención Clara, que no es un organismo oficial: lo que vale es la convocatoria publicada en el boletín oficial.