Ayuntamiento de andújar · Jaén
Ayudas plan municipal de vivienda, rehabilitación de viviendas y edificios 2026
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El extracto fija varios plazos distintos (por líneas, fases o casos), así que no hay una única fecha que podamos mostrar. Consulta el plazo en el extracto o en las bases oficiales (enlaces más abajo).
Quién puede pedirla
Particulares
Según la BDNS, está dirigida a: personas físicas que no desarrollan actividad económica. Los requisitos exactos están en las bases.
Cuánto se da
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA CREDITO PREVISTO
600.15226.78101
Programa A. Vivienda 140.000,00 €
Programa B. Edificios residenciales 80.000,00 €
TOTAL 220.000,00 €
En la presente convocatoria se especifica la cuantía total máxima destinada a cada Programa. En ningún caso se propondrá la concesión de ayudas por importe superior en su conjunto al crédito presupuestario con el que se dota los Programas A y B, si bien de resultar remanente de crédito disponible en alguno de los diferentes programas acrecerá dicho importe y, en su caso, en proporción directa a la cuantía que represente sobre el montante total de la convocatoria, al otro programa de la Actuación 7.- Rehabilitación de Viviendas y Edificios del Plan Municipal de Vivienda de Andújar.
Adicionalmente, si bien se desconoce su importe en este momento de la aprobación de esta convocatoria, se podrá incrementar la cuantía total máxima dentro de los créditos disponibles siempre que se den las condiciones del artículo 58 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones. La efectividad de esta cuantía adicional quedará condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito previa aprobación de la modificación presupuestaria que proceda.
El presupuesto protegible para cada actuación estará formado por los siguientes conceptos:
PROGRAMA A. Vivienda. Coste real y efectivo de las obras, que no podrá exceder de un importe máximo de TRES MIL QUINIENTOS EUROS (//3.500,00 €//), excluido el IVA.
PROGRAMA B. En Edificios residenciales, no podrá exceder de un importe máximo de OCHO MIL QUINIENTOS EUROS (//8.500,00 €//), para la suma de los siguientes conceptos:
Coste real y efectivo de las obras, excluido el IVA.
En el caso de ser necesaria, la redacción de la Memoria Técnica con Dirección de Obra, excluido el IVA (hasta un máximo de 400€).
En el caso de ser necesario, la redacción del Informe de Evaluación del Edificio para todos aquellos inmuebles con una antigüedad de 50 años, excluido el IVA (hasta un máximo de 600 €).
La cuantía máxima de las ayudas para los Programa A y B consistirá un porcentaje del 75% sobre dicho presupuesto protegible, salvo para el supuesto especial de solicitantes del Programa A, pertenecientes al grupo de especial protección mayores (MAY) que el porcentaje será del 90% cuando la finalidad de la obra subvencionable sea por accesibilidad y cuando los ingresos de las personas pertenecientes a este GEP, no superen los 3,5 veces IPREM.
Presupuesto total de la convocatoria (para todos los beneficiarios): 220.000 €.
Para qué es
El objeto de la convocatoria es la concesión de las Ayudas previstas en la ACTUACIÓN 7. PLAN MUNICIPAL DE VIVIENDA (PMV) en el municipio de Andújar, en régimen de concurrencia competitiva para los siguientes programas:
-PROGRAMA A.- Viviendas, destinado a la concesión de ayudas económicas para la rehabilitación y/o conservación de elementos privativos en inmuebles con uso residencial.
- PROGRAMA B.- Edificios residenciales, destinado a la concesión de ayudas económicas para la rehabilitación y/o conservación de elementos comunes de edificios residenciales.
Qué se necesita
Los requisitos completos y la documentación que hay que presentar están en las bases reguladoras y en el texto de la convocatoria (enlaces más abajo).
Dónde y cómo se solicita
PROGRAMA A. VIVIENDAS
PLAZO DE EJECUCION. No podrá exceder de 4 meses a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución de concesión. Antes del cumplimiento de dicho plazo, se comunicará al Ayuntamiento la finalización de las obras para la correspondiente visita de comprobación, emitiéndose el informe técnico municipal para el abono de la subvención.
PRÓRROGA. Los beneficiarios podrán solicitarla del órgano concedente en los términos previstos en el art. 25.2 de la Ordenanza.
PROGRAMA B. EDIFICIOS RESIDENCIALES
PLAZO DE EJECUCIÓN. No podrá exceder de 4 meses a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución de concesión. Antes del cumplimiento de dicho plazo, se presentará informe del técnico director de las obras en el que se haga constar que las mismas han finalizado de acuerdo a la subvención concedida y la licencia otorgada. Tras la correspondiente visita de comprobación, se emitirá el informe técnico municipal para el abono de la subvención.
PRORROGA. Los beneficiarios podrán solicitarla del órgano concedente en los términos previstos en el art. 25.2 de la Ordenanza.
Plazo de admisión de solicitudes. […]
Órgano convocante
- Administración
- Entidad local
- Departamento o entidad
- ANDÚJAR
- Órgano
- AYUNTAMIENTO DE ANDÚJAR
- Ámbito
- Jaén
- RESOLUCIÓN DE AMPLIACIÓN PLAZO PARA RESOLVER Y NOTIFICAR (documento de la BDNS)
- Documento de la convocatoria en español (documento de la BDNS)
Título oficial: AYUDAS PLAN MUNICIPAL DE VIVIENDA, REHABILITACIÓN DE VIVIENDAS Y EDIFICIOS 2026
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Datos actualizados el 28 de septiembre de 2026. Esta ficha es orientativa y la ha preparado Subvención Clara, que no es un organismo oficial: lo que vale es la convocatoria publicada en el boletín oficial.