Diputación provincial de jaén · Jaén

Convocatoria para la adquisición de vivienda en propiedad por los jóvenes para contribuir al reto demográfico en el marco de la estrategia de desarrollo territorial de la comarca de la sierra de segura

Abiertahasta el 30/11/2026

Plazo de solicitud

Inicio del plazo
Fecha límite
30 de noviembre de 2026

Plazo calculado a partir del extracto oficial. Si el plazo se cuenta en días hábiles, los festivos de tu comunidad o municipio pueden alargarlo.

Quién puede pedirla

Particulares

Jóvenes de hasta 35 años que vayan a comprar vivienda en un municipio de la Comarca de la Sierra de Segura (Jaén) y no tengan ya una vivienda en propiedad o usufructo en España, salvo las excepciones de las bases.

Cuánto se da

El extracto no fija la cantidad por persona. El importe total estimado de la convocatoria es de 1.000.000 €.

Presupuesto total de la convocatoria (para todos los beneficiarios): 1.000.000 €.

Para qué es

Ayudar a jóvenes a comprar vivienda en la Sierra de Segura (Arroyo del Ojanco, Beas de Segura, Benatae, Génave, Hornos, La Puerta de Segura, Orcera, Puente de Génave, Santiago-Pontones, Segura de la Sierra, Siles, Torres de Albanchez y Villarrodrigo) para frenar la despoblación.

Qué se necesita

Nacionalidad española, de la UE, EEE o Suiza, o residencia legal en España; estar al corriente con Hacienda y la Seguridad Social; y acreditar la compra con un precontrato o contrato privado. La escritura pública debe aportarse en los 6 meses siguientes a la concesión.

Dónde y cómo se solicita

En la sede electrónica de la Diputación de Jaén. El plazo termina el 30 de noviembre de 2026.

Ir a la sede electrónica (se abre en una pestaña nueva) Enlace indicado por el organismo en la BDNS.

Comparar con el texto literal del extracto oficial

Nuestro resumen se ha redactado a partir de estos apartados del extracto publicado en el BOP de Jaén el 17/12/2025. Si ves alguna diferencia, lo que vale es el texto oficial.

Beneficiarios

Las personas solicitantes de las ayudas convocadas deberán cumplir los siguientes requisitos generales en la fecha de presentación de la solicitud de ayuda:

a) Poseer la nacionalidad española o la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo o Suiza. En el caso de las personas extranjeras no comunitarias deberán hallarse en situación de estancia o residencia regular en España.

b) No hallarse incursas en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, incluida la de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y por reintegro de subvenciones.

c) No ser beneficiaria de las ayudas incompatibles con la presente convocatoria.

d) No tener más de 35 años en el momento de solicitar la ayuda.

e) Estar en condiciones de suscribir un contrato público de adquisición de vivienda localizada en un municipio o núcleo de población de la Comarca de la Sierra de Segura.

Se considerará que están en condiciones de suscribir un documento público de adquisición de una vivienda, aquellas personas que así lo acrediten mediante la aportación de un precontrato o contrato privado. El documento público que se formalice con posterioridad a la concesión de la ayuda, que deberá ser aportado por las personas interesadas dentro del plazo de 6 meses a contar desde la notificación de la resolución de concesión de la ayuda, deberá respetar los términos esenciales recogidos en el precontrato o contrato privado presentado (partes contratantes; vivienda objeto del contrato; precio...).

f) No ser propietaria/o o usufructuaria/o de alguna vivienda en España, salvo que, siendo titulares de una vivienda, acrediten la no disponibilidad de la misma por causa de separación o divorcio, por cualquier otra causa ajena a su voluntad.

No se considera persona propietaria o usufructuaria de una vivienda si el derecho recae sobre una parte alícuota de la misma y se ha obtenido por herencia o transmisión mortis causa.

g) Que la vivienda a adquirir vaya a constituir la residencia habitual y permanente de la/s persona/s beneficiaria/s por un plazo mínimo de cinco años desde la fecha de su adquisición.

h) La vivienda construida, debe cumplir los siguientes requisitos:

1) Hallarse localizada en uno de los 13 municipios de la Comarca de Segura.

2) Su precio de adquisición, excluidos los gastos y tributos inherentes a la adquisición, debe ser igual o inferior a 150.000,00 ¿.

Texto literal del extracto publicado en el BOP de Jaén el 17/12/2025

Cuantía

El importe estimado destinado al otorgamiento de las subvenciones para la realización de las actuaciones previstas en esta convocatoria asciende a 1.000.000,00 ¿.

Texto literal del extracto publicado en el BOP de Jaén el 17/12/2025

Objeto

La presente Convocatoria tiene por objeto regular la concesión de subvenciones para la adquisición de vivienda en propiedad por los jóvenes para contribuir al reto demográfico en el marco de la estrategia de desarrollo territorial de la Comarca de la Sierra de Segura (Municipios de Arroyo del Ojanco, Beas de Segura, Benatae, Génave, Hornos de Segura, La Puerta de Segura, Orcera, Puente de Génave, Santiago Pontones, Segura de la Sierra, Siles, Torres de Albanchez y Villarrodrigo).

Texto literal del extracto publicado en el BOP de Jaén el 17/12/2025

Plazo

Desde el día siguiente al de la publicación del extracto en el BOP y terminará el 30 de noviembre de 2026.

https://sede.dipujaen.es/AyudaSubvenciones

Texto literal del extracto publicado en el BOP de Jaén el 17/12/2025

Órgano convocante

Administración
Entidad local
Departamento o entidad
DIPUTACIÓN PROV. DE JAÉN
Órgano
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE JAÉN
Ámbito
Jaén

Título oficial: CONVOCATORIA PARA LA ADQUISICIÓN DE VIVIENDA EN PROPIEDAD POR LOS JÓVENES PARA CONTRIBUIR AL RETO DEMOGRÁFICO EN EL MARCO DE LA ESTRATEGIA DE DESARROLLO TERRITORIAL DE LA COMARCA DE LA SIERRA DE SEGURA

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Datos actualizados el 28 de septiembre de 2026; resumen revisado el 29 de septiembre de 2026. Esta ficha es orientativa y la ha preparado Subvención Clara, que no es un organismo oficial: lo que vale es la convocatoria publicada en el boletín oficial.