Servicio regional de empleo y formación (sef) · Región de Murcia

Resolución de la Directora General del Servicio Regional de Empleo y Formación, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2026 de subvenciones de fomento de la contratación indefinida en la Región de Murcia. Reg. (UE) 2023/2831 "Minimis"

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Plazo de solicitud

Fecha límite
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El extracto fija varios plazos distintos (por líneas, fases o casos), así que no hay una única fecha que podamos mostrar. Consulta el plazo en el extracto o en las bases oficiales (enlaces más abajo).

Quién puede pedirla

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Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en esta convocatoria, las empresas y las personas trabajadoras autónomas, cuyo centro de trabajo para el que se realice la actividad objeto de subvención se encuentre en la Región de MurciaDe acuerdo con lo previsto en el artículo 11 de la Ley 38/2003, podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en esta orden, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, tengan la consideración de empresa, de acuerdo con lo indicado en el Anexo I punto 5 de la orden de bases.

Texto literal del extracto publicado en el BORM el 08/04/2026

Cuánto se da

1. Las subvenciones que se convocan serán financiadas con cargo al presupuesto de gastos del Servicio Regional de Empleo y Formación (SEF) para el ejercicio 2025 y podrán ser financiadas por el Servicio Público de Empleo Estatal-Ministerio de Trabajo y Economía Social, y cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus, a través del Programa FSE Plus Región de Murcia 2021-2027, según el detalle siguiente:- Línea 1: Artículo 6.1 a), Artículo 6.1 b), Artículo 6.1 c), Artículo 6.1 d), Línea 2: Artículo 6.2, Línea 5: Artículo 6.5, Línea 7: Artículo 6.7, Línea 8: Artículo 6.8 de la Orden de bases:• Financiado por el SEPE-Ministerio de Trabajo y Economía Social: 1.000.000,00 €• Financiado por Fondo Social Europeo Plus: 2.800.000,00 €- Línea 4: Artículo 6.4 de la Orden de bases: • Financiado por el SEPE-Ministerio de Trabajo y Economía Social: 800.000,00 €2. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 58 Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, (BOE número 176 de 25/07/2006), se establece para estas líneas, un crédito adicional estimado de un millón setecientos mil de (1.700.000,00 euros) cuando se produzca un aumento de los créditos derivado de: 1.º Haberse presentado en convocatorias anteriores solicitudes de ayudas relacionadas con los programas públicos de empleo de planes de contratación temporal, fomento territorial del empleo y de iniciativa empresarial y autoempleo por importe inferior al gasto inicialmente previsto para las mismas, siempre que se trate de convocatorias con cargo a los mismos créditos presupuestarios o a aquéllos cuya transferencia pueda ser acordada por el órgano competente. 2º Haberse incrementado el importe del crédito presupuestario disponible como consecuencia de una generación, una ampliación o una incorporación de crédito.Este aumento será hecho público, con carácter previo a la concesión, mediante la oportuna resolución de la Dirección General del SEF en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, con indicación de la cuantía que se afecta a la presente convocatoria, sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver.Dicha afectación queda condicionada a la efectiva incorporación del mencionado crédito y la habilitación de la disponibilidad del crédito de la correspondiente partida.3. Las subvenciones que se otorguen no podrán, en ningún caso, exceder del límite de los créditos establecidos en la resolución de convocatoria.

1. Línea 1: Incentivos a la contratación indefinida de personas desempleadas de especial atención. Las cuantías de las subvenciones por contrato indefinido, en función de la duración de la jornada, serán las siguientes: a) Personas inscritas en la correspondiente oficina de empleo como desempleadas de larga duración: a.1) Con carácter general: - A tiempo completo: 6.000 euros. - A tiempo parcial: 3.000 euros.

a. […]

Texto literal del extracto publicado en el BORM el 08/04/2026

Presupuesto total de la convocatoria (para todos los beneficiarios): 4.232.000 €.

Para qué es

1. El objeto de la presente resolución es aprobar la convocatoria de subvenciones para el fomento de la contratación indefinida en la Región de Murcia para el año 2026.Serán subvencionables con cargo a esta convocatoria los hechos o situaciones siguientes: 1. Línea 1. Incentivos a la contratación indefinida de personas desempleadas de especial atención. a) Se encuentren desempleadas, no ocupadas e inscritas como demandantes de empleo en la oficina de empleo correspondiente, y puedan ser consideradas desempleadas de larga duración. b) Se encuentren desarrollando prácticas no laborales, de acuerdo con lo previsto en Real Decreto 1543/2011, de 31 de octubre, estén inscritos como desempleados en la correspondiente oficina de empleo como demandantes de empleo, y la contratación por la que se solicita la subvención se realice durante la vigencia de las prácticas, y siempre que, al menos hayan transcurrido seis meses desde el inicio de las mismas y se formalice por la empresa donde se estén realizando estas prácticas. c) Se encuentren desempleadas, no ocupadas e inscritas en la correspondiente oficina de empleo y puedan ser consideradas mujeres víctimas de violencia de género o mujeres víctimas de trata de seres humanos, de explotación sexual o laboral, mujeres en contextos de prostitución, personas víctimas de terrorismo, personas beneficiarias de la renta mínima de inserción o ingreso mínimo vital, o personas en situación de riesgo de exclusión social, según el ANEXO I de esta convocatoria. d) Se trate de mujeres desempleadas, no ocupadas e inscritas en la oficina de empleo con hijos menores de 4 años.2. Línea 2. Contratación estable de personas jóvenes menores de 30 años. 3. Línea 4. Incentivos para el fomento de la conversión en indefinido del contrato formativo4. Línea 5.Incentivos a la contratación indefinida en municipios de menos de 10.000 habitantes. Según los datos del Instituto Nacional de Estadística del año 2025, los municipios de la Región de Murcia de menos de 10.000 habitantes son: Abanilla, Albudeite, Aledo, Blanca, Campos del Río, Librilla, Lorquí, Moratalla, Ojós, Pliego, Ricote, Ulea y Villanueva del Río Segura.5. Línea 7. Programa para el apoyo al “retorno talento”. 6. Línea 8. Programa de reinserción laboral “Talento Fuerzas Armadas”.

Texto literal del extracto publicado en el BORM el 08/04/2026

Qué se necesita

Los requisitos completos y la documentación que hay que presentar están en las bases reguladoras y en el texto de la convocatoria (enlaces más abajo).

Dónde y cómo se solicita

Serán subvencionables las contrataciones indefinidas y las transformaciones de contratos formativos en indefinidos que cumplan los requisitos establecidos en esta convocatoria y se formalicen entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026. El plazo de presentación de solicitudes de subvención será el siguiente: a) Plazo general de la convocatoria: El plazo general de la convocatoria se encontrará abierto desde el día siguiente al de publicación del extracto de la convocatoria en el BORM hasta el 30 de septiembre de 2026, sin perjuicio del plazo individualizado al que se encuentra sujeta cada concreta solicitud. Las solicitudes de subvención presentadas fuera de este plazo se inadmitirán a trámite.b) Plazo individualizado de las solicitudes: El plazo individualizado de presentación de solicitudes de subvención será de un mes, a contar desde de la fecha de alta en Seguridad Social de la persona trabajadora contratada (fecha de inicio de la relación laboral) o de la fecha en la que se produzca la conversión del contrato formativo en indefinido.El plazo se iniciará el mismo día del alta en Seguridad Social de la persona contratada o de la fecha que se produzca la conversión y concluirá el mismo día en que se produjo la contratación o la conversión en el mes de vencimiento. Si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente a aquel en que comienza el cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes. […]

Texto literal del extracto publicado en el BORM el 08/04/2026

Ir a la sede electrónica (se abre en una pestaña nueva) Enlace indicado por el organismo en la BDNS.

Órgano convocante

Administración
Comunidad autónoma
Departamento o entidad
REGIÓN DE MURCIA
Órgano
SERVICIO REGIONAL DE EMPLEO Y FORMACIÓN (SEF)
Ámbito
Región de Murcia

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Datos actualizados el 28 de septiembre de 2026. Esta ficha es orientativa y la ha preparado Subvención Clara, que no es un organismo oficial: lo que vale es la convocatoria publicada en el boletín oficial.