Cabildo insular de tenerife · Santa Cruz de Tenerife

Acuerdo AC0000027516 de 18 de marzo de 2026, del Consejo de Gobierno Insular, por el que se convocan Subvenciones para la creación de nuevos proyectos industriales -pymes y autónomos-, correspondientes al año 2026.

Abiertahasta el 31/10/2026 o fin de fondos

Plazo de solicitud

Inicio del plazo
Fecha límite
31 de octubre de 2026, o antes si se agotan los fondos

Plazo calculado a partir del extracto oficial. Si el plazo se cuenta en días hábiles, los festivos de tu comunidad o municipio pueden alargarlo.

Quién puede pedirla

AutónomosPymes

Podrán tener la condición de personas o entidades beneficiarias de estas subvenciones, siempre y cuando su actividad sea la industrial, la hayan iniciado y se hayan dado de alta o constituido (según el tipo de solicitante) entre el 1 de junio de 2023 y el 30 de septiembre de 2026, siempre con carácter previo a la fecha de presentación de la solicitud y cumplan con los requisitos establecidos en las Bases Reguladoras, las siguientes:

Las personas físicas bajo la forma jurídica de “Empresario/a Individual”, que tributen en el denominado “Régimen Especial de trabajadores Autónomos” (RETA).

Las personas jurídicas denominadas Sociedades Anónimas y Sociedades de Responsabilidad Limitada que tributen por el Impuesto sobre Sociedades, siempre y cuando su capital social esté participado al menos en un 75% por personas físicas, que reúnan los requisitos del Reglamento (UE) nº 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del tratado (DOUE nº 187, de 26.6.14) para ser definidas como Pyme o Microempresa.Segundo. - Objeto:

Establecer las normas que han de regir la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia y concesión directa, destinadas a sufragar las inversiones y/o gastos necesarios para la creación de nuevos proyectos industriales, por personas físicas (trabajadoras por cuenta propia, como autónomas) o jurídicas bajo la forma de Sociedades Anónimas o Sociedades de Responsabilidad Limitada (SLNE, SL Unipersonal o SL).

Se entenderá como creación de un nuevo proyecto industrial aquel llevado a cabo por personas físicas (trabajadoras por cuenta propia, como autónomas) o jurídicas bajo la forma de Sociedades Anónimas o Sociedades de Responsabilidad Limitada (SLNE, SL Unipersonal o SL), que constituyan una Pyme o Microempresa con domicilio social y fiscal/residencia en la isla de Tenerife en los sectores de actividad económica industrial y que cumplan los requisitos que se establecerán en las Bases Reguladoras.

Texto literal del extracto publicado en el BOP de Santa Cruz de Tenerife el 27/03/2026

Cuánto se da

El crédito presupuestario aprobado para esta convocatoria asciende a CIENTO SESENTA Y CINCO MIL EUROS (165.000,00 €), correspondiente a la anualidad 2026, declarado como ampliable hasta en otros DOSCIENTOS MIL EUROS (200.000,00 €) en función de la disponibilidad de crédito como consecuencia de alguna de las circunstancias reglamentariamente establecidas.

El importe de la subvención dependerá de las circunstancias concretas que concurran en cada solicitante (concurrencia de una determinada situación) y de las inversiones y/o gastos que se acrediten y justifiquen junto a la solicitud, estableciéndose como cuantía máxima de la subvención a otorgar la cantidad de CUARENTA Y CINCO ML EUROS (45.000,00 €).

Texto literal del extracto publicado en el BOP de Santa Cruz de Tenerife el 27/03/2026

Presupuesto total de la convocatoria (para todos los beneficiarios): 165.000 €.

Para qué es

Finalidad según la BDNS: Industria y Energía. El detalle está en las bases oficiales.

Qué se necesita

Los requisitos completos y la documentación que hay que presentar están en las bases reguladoras y en el texto de la convocatoria (enlaces más abajo).

Dónde y cómo se solicita

El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria hasta el 31 de octubre de 2026 o cuando se produzca el agotamiento del crédito, si esto sucediera antes de esa fecha.

Se presentarán solicitud y justificación en el mismo momento. Los gastos subvencionables recogidos en la Base Reguladora nº5 se justificarán mediante la aportación, en el momento de presentar la solicitud de la subvención, de la documentación que se encuentra recogida en el punto 3 del Anexo I relativo a la documentación a aportar.

PERÍODO COMPUTABLE DE LOS GASTOS: Entre el 1 de junio de 2023 y el 31 de octubre de 2026.

Texto literal del extracto publicado en el BOP de Santa Cruz de Tenerife el 27/03/2026

Órgano convocante

Administración
Entidad local
Departamento o entidad
CABILDO INSULAR DE TENERIFE
Órgano
CABILDO INSULAR DE TENERIFE
Ámbito
Santa Cruz de Tenerife

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Datos actualizados el 28 de septiembre de 2026. Esta ficha es orientativa y la ha preparado Subvención Clara, que no es un organismo oficial: lo que vale es la convocatoria publicada en el boletín oficial.