Instituto de turismo de la región de murcia (itrem) · Región de Murcia

Primera convocatoria de la Orden de la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia especial del programa “Bono Turístico de la Región de Murcia” 26-27…

Próximaabre el 01/10/2026

Plazo de solicitud

Inicio del plazo
Fecha límite
22 de diciembre de 2026

Plazo calculado a partir del extracto oficial. Si el plazo se cuenta en días hábiles, los festivos de tu comunidad o municipio pueden alargarlo.

Quién puede pedirla

Particulares

1.Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas físicas mayores de edad, con residencia legal y continuada en España, que soliciten la inscripción en el programa, dentro del período comprendido desde el día siguiente de publicación de la convocatoria para el año 2026 en el “Boletín Oficial de Región de Murcia”, hasta el 22 de diciembre de 2026.

Formalicen su reserva por los servicios turísticos objeto de la ayuda dentro del plazo de 7 días naturales a partir del día siguiente al de la comunicación del código promocional del Programa.

Cada persona física podrá ser beneficiaria de más de una ayuda dentro del periodo de vigencia del programa.

No podrán obtener la condición de beneficiario, las personas o entidades en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.

De conformidad con lo señalado en la sección 3.ª del Capítulo III del Título Preliminar del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el solicitante de la subvención deberá realizar una declaración responsable, integrada en el formulario de solicitud de la ayuda, por la que declare que no incurre en las circunstancias señaladas en el apartado anterior, así como que cumple con los requisitos establecidos en la correspondiente Orden de Bases.

Con carácter previo a la resolución de concesión, el beneficiario de la ayuda/subvención deberá firmar un compromiso expreso de cumplimiento del apartado VI del CÓDIGO DE CONDUCTA EN MATERIA DE SUBVENCIONES Y AYUDAS PÚBLICAS DE LA REGIÓN DE MURCIA, en materia de subvenciones y ayudas públicas de la Región de Murcia, tal y como establece el Acuerdo del Consejo de Gobierno, de fecha 29 de diciembre de 2021 (BORM Nº23, de 29 de enero de 2022).

Texto literal del extracto publicado en el BORM el 30/09/2026

Cuánto se da

1.El crédito disponible máximo de la presente convocatoria 2026 es de CINTO CINCUENTA MIL EUROS (150.000 €) con cargo a la partida presupuestaria 19.01.00.751B.440.09 del Instituto de Turismo de la Región de Murcia, y en su caso, podrá complementarse la financiación mediante la utilización de otros remanentes de los que disponga la entidad, ampliable hasta UN MILLON DE EUROS (1.000.000 €) a través de generaciones de crédito, transferencias de otras partidas presupuestarias, ampliación, incorporación de crédito o mayor disponibilidad presupuestaria.

2.El agotamiento del crédito establecido en la presente convocatoria producirá la imposibilidad de continuar otorgando subvenciones al amparo de dicha convocatoria, con la obligación de resolver desestimatoriamente las solicitudes pendientes de concesión.

Texto literal del extracto publicado en el BORM el 30/09/2026

Presupuesto total de la convocatoria (para todos los beneficiarios): 150.000 €.

Para qué es

Mediante la presente resolución se realiza la convocatoria para el segundo semestre del año 2026 de las ayudas previstas en la Orden de 28 de septiembre de 2026 de la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes que aprueba las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia especial del programa “Bono Turístico de la Región de Murcia”, para incentivar la demanda de servicios turísticos en el ámbito territorial de la Región de Murcia y reducir la estacionalidad.

Texto literal del extracto publicado en el BORM el 30/09/2026

Qué se necesita

Los requisitos completos y la documentación que hay que presentar están en las bases reguladoras y en el texto de la convocatoria (enlaces más abajo).

Dónde y cómo se solicita

La inscripción podrá solicitarse desde las 10:00 del día siguiente de publicación de la presente convocatoria en el BORM hasta el 22 de diciembre de 2026.

Texto literal del extracto publicado en el BORM el 30/09/2026

Ir a la sede electrónica (se abre en una pestaña nueva) Enlace indicado por el organismo en la BDNS.

Órgano convocante

Administración
Comunidad autónoma
Departamento o entidad
REGIÓN DE MURCIA
Órgano
INSTITUTO DE TURISMO DE LA REGIÓN DE MURCIA (ITREM)
Ámbito
Región de Murcia

Título oficial: Primera convocatoria de la Orden de la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia especial del programa “Bono Turístico de la Región de Murcia” 26-27

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Datos actualizados el 30 de septiembre de 2026. Esta ficha es orientativa y la ha preparado Subvención Clara, que no es un organismo oficial: lo que vale es la convocatoria publicada en el boletín oficial.