Institut valencià de cultura (ivc) · Comunitat Valenciana

RESOLUCIÓN, del dir gral de Cultura, por la que se convocan subvenciones para la producción audiovisual de documentales sobre tradiciones vivas y sectores artesanales tradicionales de la Comunitat Valenciana, para las anualidades de 2026, 2027 y 2028

Abiertahasta el 08/10/2026

Plazo de solicitud

Inicio del plazo
Fecha límite
8 de octubre de 2026

Plazo calculado a partir del extracto oficial. Si el plazo se cuenta en días hábiles, los festivos de tu comunidad o municipio pueden alargarlo.

Quién puede pedirla

Para obtener la condición de persona o entidad beneficiaria de estas ayudas se deberán cumplir los requisitos establecidos en la base quinta de la Resolución de 19 de enero de 2026, por la cual se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a la producción audiovisual de documentales sobre tradiciones vivas y sectores artesanales tradicionales de la Comunitat Valenciana (DOGV núm. 10285, de 21.01.2026).

Texto literal del extracto publicado en el DOCV el 24/09/2026

Cuánto se da

De acuerdo con la Ley 4/2026, de 22 de julio, de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2026. (DOGV 10425, 10.08.2026), las ayudas convocadas se imputarán al crédito previsto en la sección G0109, entidad 016 INSTITUT VALENCIÀ DE CULTURA (IVC), línea de subvención S2060 ‘Fomento y promoción del audiovisual valenciano’, capítulo 7, por importe de 395.000 euros, distribuidos para cada anualidad de la siguiente manera:

Para el ejercicio 2026 un importe de 300.000,00€, para el ejercicio 2027 un importe de 26.250,00€ y para el ejercicio 2028 un importe de 68.750,00€.

Texto literal del extracto publicado en el DOCV el 24/09/2026

Presupuesto total de la convocatoria (para todos los beneficiarios): 395.000 €.

Para qué es

Es objeto de esta resolución convocar la concesión de subvenciones para la producción audiovisual de documentales sobre tradiciones vivas y artesanales tradicionales de la Comunitat Valenciana, para las anualidades de 2026, 2027 y 2028, como medio de apoyo y estímulo a la producción audiovisual en el ámbito competencial de la Generalitat.

a) Se entenderá que un documental cumple con el criterio necesario de que su argumento principal verse sobre tradiciones vivas cuando se trate de una obra que busque capturar, interpretar o difundir el patrimonio material o inmaterial de la Comunitat Valenciana, entendiéndose éste como el ecosistema dinámico formado por las instituciones valencianas y sus fueros históricos, prácticas culturales, fiestas, expresiones artísticas y saberes populares, transmitidos generación tras generación, y que aún hoy tienen presencia activa y relevancia en la vida social contemporánea.

b) Se entenderá que un documental cumple con el criterio necesario de que su argumento principal versa sobre los sectores artesanales valencianos cuando éste tenga como eje central capturar, interpretar o difundir el sector artesanal de la Comunitat Valenciana, entendiéndose éste como el conjunto de oficios tradicionales, técnicas manuales y saberes productivos transmitidos generacionalmente, que constituyen una parte esencial del tejido económico, cultural y patrimonial valenciano.

Texto literal del extracto publicado en el DOCV el 24/09/2026

Qué se necesita

Los requisitos completos y la documentación que hay que presentar están en las bases reguladoras y en el texto de la convocatoria (enlaces más abajo).

Dónde y cómo se solicita

El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente al de publicación de la presente convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Las solicitudes, en modelo normalizado, junto con la documentación específica deberán dirigirse al IVC, por vía telemática a través del registro de la sede electrónica accesible desde la web https://sede.ivc.gva.es/ sin perjuicio del derecho que asiste a las personas que no estén obligadas a relacionarse por medios electrónicos con las administraciones públicas, que también podrán presentar sus solicitudes por cualquier otro medio de los recogidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.

Texto literal del extracto publicado en el DOCV el 24/09/2026

Ir a la sede electrónica (se abre en una pestaña nueva) Enlace indicado por el organismo en la BDNS.

Órgano convocante

Administración
Comunidad autónoma
Departamento o entidad
COMUNITAT VALENCIANA
Órgano
INSTITUT VALENCIÀ DE CULTURA (IVC)
Ámbito
Comunitat Valenciana

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Datos actualizados el 28 de septiembre de 2026. Esta ficha es orientativa y la ha preparado Subvención Clara, que no es un organismo oficial: lo que vale es la convocatoria publicada en el boletín oficial.