Ayuntamiento de barberà del vallès · Barcelona

Convocatoria para la concesión de subvenciones para la promoción de programas de actividades físicas y deportivas. año 2026

Abiertahasta el 08/10/2026

Plazo de solicitud

Inicio del plazo
Fecha límite
8 de octubre de 2026

Plazo calculado a partir del extracto oficial. Si el plazo se cuenta en días hábiles, los festivos de tu comunidad o municipio pueden alargarlo.

Quién puede pedirla

Asociaciones

Los clubes, entidades o asociaciones sin ánimo de lucro que cumplan a la vez las siguientes condiciones:

a) Que promuevan programas en los ámbitos descritos en el primer artículo, que lleven a cabo su programa de actividades en esta ciudad y que la ciudadanía de Barberà del Vallès sea la beneficiaria de estos, o bien, que desarrollen su programa de actividades fuera del municipio si se consideran de interés para la proyección exterior de la ciudad.

b) Que estén legalmente constituidas.

c) Que estén inscritas en el Registro General de Entidades Jurídicas, en el Registro de Entidades Deportivas de la Generalitat de Catalunya, en el Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior, en el Registro del Ministerio de Justicia o en cualquier otro registro público oficial.

d) Que estén inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones y tener actualizados los datos correspondientes, en caso de que la sede social se encuentre en Barberà del Vallès.

e) Que tengan los estatutos adaptados a la Ley 4/2008, del 24 de abril, del libro tercero del Código Civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas, a excepción de las asociaciones deportivas inscritas en la Secretaría General del Deporte y las asociaciones de ámbito estatal, o que presenten un documento acreditativo conforme han iniciado los trámites de adecuación ante la Secretaría de entidades jurídicas de la Generalitat de Catalunya.

f) Que no tengan pendiente de justificación deudas de convenios pertenecientes a años anteriores con el Ayuntamiento de Barberà del Vallès.

g) Es necesario que las entidades cumplan con la totalidad de la normativa que regula la realización de las actividades propuestas y que dispongan de los seguros de accidentes y de responsabilidad civil que determina la normativa vigente.

h) Que acrediten (declaración responsable) que no han sido nunca objeto de sanciones administrativas firmes ni sentencias firmes condenatorias, por incumplimiento de la Ley 17/2015, de 21 de julio, de igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Las administraciones públicas de Cataluña y los organismos y las entidades que dependen de ella deben denegar la concesión de subvenciones, becas o cualquier otro tipo de ayuda pública a las empresas y entidades solicitantes sancionadas o condenadas por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o género, sancionadas por resolución administrativa firme o condenadas por sentencia judicial firme. En este efecto, las empresas y entidades solicitantes tienen que presentar, junto con la solicitud de la ayuda, una declaración responsable del hecho de no haber sido nunca objeto de sanciones administrativas firmes ni de sentencias firmes condenatorias. […]

Texto literal del extracto publicado en el BOP de Barcelona el 18/09/2026

Cuánto se da

Los gastos que se generan por la concesión de subvenciones para la promoción de programas de actividades físicas y deportivas, con cargo a la aplicación presupuestaria 550-341-480004, ascienden a un total de 103.000,00 euros.

Texto literal del extracto publicado en el BOP de Barcelona el 18/09/2026

Presupuesto total de la convocatoria (para todos los beneficiarios): 103.000 €.

Para qué es

Otorgar las subvenciones destinadas a financiar programas de actividades físicas y deportivas realizados por entidades sin ánimo de lucro en el municipio de Barberà del Vallès durante el año 2026.

Texto literal del extracto publicado en el BOP de Barcelona el 18/09/2026

Qué se necesita

Los requisitos completos y la documentación que hay que presentar están en las bases reguladoras y en el texto de la convocatoria (enlaces más abajo).

Dónde y cómo se solicita

El plazo de presentación de solicitudes finalizará transcurridos 20 días naturales a contar a partir del día siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

Barberà del Vallès, a 07 de septiembre de 2026

El alcalde

Francisco Javier Garcés Trillo

Texto literal del extracto publicado en el BOP de Barcelona el 18/09/2026

Órgano convocante

Administración
Entidad local
Departamento o entidad
BARBERÀ DEL VALLÈS
Órgano
AYUNTAMIENTO DE BARBERÀ DEL VALLÈS
Ámbito
Barcelona

Título oficial: CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA LA PROMOCIÓN DE PROGRAMAS DE ACTIVIDADES FÍSICAS Y DEPORTIVAS. AÑO 2026

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Datos actualizados el 28 de septiembre de 2026. Esta ficha es orientativa y la ha preparado Subvención Clara, que no es un organismo oficial: lo que vale es la convocatoria publicada en el boletín oficial.