Consejería de industria, universidades, empleo y comercio · Castilla y León

Orden de 30 de agosto de 2026, de la Consejería de Industria, Universidades, Empleo y Comercio, por la que se convocan subvenciones dirigidas a trabajadores afectados por expedientes temporales de regulación de empleo para recuperación de zonas incendios

Abiertahasta el 06/11/2026

Plazo de solicitud

Inicio del plazo
Fecha límite
6 de noviembre de 2026

Plazo calculado a partir del extracto oficial. Si el plazo se cuenta en días hábiles, los festivos de tu comunidad o municipio pueden alargarlo.

Quién puede pedirla

Particulares

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones los trabajadores que presten o hayan prestado sus servicios en uno o varios centros de trabajo ubicados en los municipios y localidades de Castilla y León, afectados por uno o varios expedientes de regulación de empleo de suspensión temporal de contratos de trabajo o de reducción temporal de jornada, fundados en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, en causa de fuerza mayor temporal, ocasionada por fenómenos meteorológicos adversos, emergencias de protección civil u otros acontecimientos extraordinarios, al amparo del Acuerdo 135/2026, de 30 de julio, de la Junta de Castilla y León, por el que se programan actuaciones para la recuperación de las zonas afectadas por incendios forestales en el verano de 2026.

Texto literal del extracto publicado en el BOCYL el 09/09/2026

Cuánto se da

El importe total de la convocatoria asciende a 100.000 euros. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16.3 de la Ley 5/2008, de 25 de septiembre, de Subvenciones de la Comunidad de Castilla y León, en relación con el artículo 30.3 de la misma ley, y con el fin de atender un mayor número de solicitudes de subvención, los créditos asignados a esta convocatoria podrán ser incrementados durante la vigencia de la misma en una cuantía adicional por importe no superior al 100% del total.

La ayuda económica se establecerá como una cuantía fija de 10 euros por jornada completa de suspensión, hasta un límite de 300 jornadas.

Texto literal del extracto publicado en el BOCYL el 09/09/2026

Presupuesto total de la convocatoria (para todos los beneficiarios): 100.000 €.

Para qué es

Se convocan para el año 2026, en régimen de concesión directa, subvenciones dirigidas a las personas trabajadoras afectadas por expedientes de regulación de empleo de suspensión de la relación laboral o de reducción de jornada, fundados en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, en causa de fuerza mayor temporal, ocasionada por fenómenos meteorológicos adversos, emergencias de protección civil u otros acontecimientos extraordinarios.

La finalidad de esta subvención es compensar la pérdida de poder adquisitivo de los trabajadores afectados por uno o varios expedientes de regulación de empleo de suspensión temporal de contratos de trabajo o de reducción temporal de jornada, fundados en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, en causa de fuerza mayor temporal, ocasionada por fenómenos meteorológicos adversos, emergencias de protección civil u otros acontecimientos extraordinarios.

Texto literal del extracto publicado en el BOCYL el 09/09/2026

Qué se necesita

Los requisitos completos y la documentación que hay que presentar están en las bases reguladoras y en el texto de la convocatoria (enlaces más abajo).

Dónde y cómo se solicita

El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación de este extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León hasta el 6 de noviembre de 2026.

Texto literal del extracto publicado en el BOCYL el 09/09/2026

Ir a la sede electrónica (se abre en una pestaña nueva) Enlace indicado por el organismo en la BDNS.

Órgano convocante

Administración
Comunidad autónoma
Departamento o entidad
CASTILLA Y LEÓN
Órgano
CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, UNIVERSIDADES, EMPLEO Y COMERCIO
Ámbito
Castilla y León

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Datos actualizados el 29 de septiembre de 2026. Esta ficha es orientativa y la ha preparado Subvención Clara, que no es un organismo oficial: lo que vale es la convocatoria publicada en el boletín oficial.