Ayuntamiento de parada de sil · Ourense
Bases reguladoras para la concesión de ayudas de apoiy a la natalidad y convocatoria para 2026
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Plazo de solicitud
- Fecha límite
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El extracto fija varios plazos distintos (por líneas, fases o casos), así que no hay una única fecha que podamos mostrar. Consulta el plazo en el extracto o en las bases oficiales (enlaces más abajo).
Quién puede pedirla
Particulares
Podrán ser personas beneficiarias de estas ayudas:
- La persona progenitora de un menor nacido, adoptado o acogido desde el 1 de enero de 2026.
- La persona tutora de un menor, siempre que la constitución de la tutela se haga desde el 1 de enero de 2026.
En todos los casos, será preciso cumplir las siguientes condiciones:
- La persona solicitante tiene que figurar empadronada ininterrumpidamente en el Ayuntamiento de Parada de Sil, por lo menos, UN (1) año antes de la fecha de nacimiento, adopción o acogimiento.
- El/a menor que causa el derecho a la ayuda tiene que constar inscrito/a en el Padrón de habitantes del Ayuntamiento de Parada de Sil en la fecha de presentación de la solicitud.
- Compromiso de mantener el empadronamiento de la persona progenitora y del/a menor durante los DOS (2) años siguientes e ininterrumpida a la concesión de la ayuda.
- Encontrarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones fiscales y tributarias con el Ayuntamiento de Parada de Sil, con la agencia tributaria estatal y con la seguridad social.
Cada menor nacido/a, tutelado/a, adoptado/a o acogido/a dará derecho a una única ayuda a favor de la persona solicitante.
Cuánto se da
La cuantía total de la ayuda será de 1.500,00 € por cada menor nacido/a, adoptado/a o acogido/a o sujeto a régimen de tutela.
En el caso de partos múltiples, la ayuda se concederá por cada menor individualmente.
Para qué es
Constituye el objeto de las presentes bases la regulación de las ayudas de apoyo a la natalidad, adopción o acogimiento del Ayuntamiento de Parada de Sil en régimen de concurrencia no competitiva a través del procedimiento establecido en el artículo 19.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
A través del procedimiento regulado en estas bases, el Ayuntamiento del Parada de Sil concederá ayudas por el nacimiento, adopción o acogimiento de menor de 0 la 3 años desde el 1 de enero de 2026.
El texto íntegro de las bases reguladoras y su convocatoria para 2026, pueden ser consultados en la sede electrónica del Ayuntamiento de Parada de Sil a través del enlace https://paradadesil.sedelectronica.gal.
Qué se necesita
Los requisitos completos y la documentación que hay que presentar están en las bases reguladoras y en el texto de la convocatoria (enlaces más abajo).
Dónde y cómo se solicita
La forma de presentar la solicitud se indica en la convocatoria oficial.
Órgano convocante
- Administración
- Entidad local
- Departamento o entidad
- PARADA DE SIL
- Órgano
- AYUNTAMIENTO DE PARADA DE SIL
- Ámbito
- Ourense
- Documento de la convocatoria en lengua cooficial (documento de la BDNS)
- Documento de la convocatoria en español (documento de la BDNS)
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Datos actualizados el 28 de septiembre de 2026. Esta ficha es orientativa y la ha preparado Subvención Clara, que no es un organismo oficial: lo que vale es la convocatoria publicada en el boletín oficial.