Dirección general de cooperativas y economía social · Extremadura

Sub 2026. Programa II Asistencia técnica profesional. Plan Impulso Economía Social para Cooperativas, S Laborales, CEE y E Inserción. Según Resolución de 21 de julio de 2026 que las convoca.

Abiertahasta el 13/10/2026

Plazo de solicitud

Inicio del plazo
Fecha límite
13 de octubre de 2026 (puede ser algún día más tarde según los festivos locales)

Plazo calculado a partir del extracto oficial. Si el plazo se cuenta en días hábiles, los festivos de tu comunidad o municipio pueden alargarlo.

Quién puede pedirla

Pymes

1. Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las sociedades

cooperativas, uniones de sociedades cooperativas, sociedades laborales,

uniones de sociedades laborales, sociedades agrarias de transformación,

centros especiales de empleo y empresas de inserción extremeñas.

2. No podrán obtener la condición de beneficiarias las cooperativas de

crédito y las de seguros, así como las entidades cuya actividad se

corresponda con las propias de las empresas de trabajo temporal o

agencias de colocación.

También se encuentran excluidas las empresas enumeradas en el apartado 1

del artículo 1 del citado Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de

13 de diciembre de 2023.

3. Las entidades solicitantes, para poder percibir las subvenciones y

obtener la condición de beneficiaria, deberán reunir los requisitos y

condiciones establecidos en los apartados 3 y 4 del artículo 3 de las

bases reguladoras.

Texto literal del extracto publicado en el DOE el 10/08/2026

Cuánto se da

El total del crédito destinado a esta convocatoria será de 434.544,68

euros, con cargo al Proyecto de Gasto 20220367 “Plan de Impulso a la

Economía Social. Programas I y II”, recogido en la Ley 1/2024, de 5 de

febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de

Extremadura, prorrogados para el ejercicio 2026 en virtud de lo

dispuesto en el artículo 58 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de

Hacienda Pública de Extremadura, a ejecutar en las anualidades 2026 y

2027.

Dicho crédito será aplicado conforme a la siguiente distribución por

Programas de ayudas:

- 30.000,00 euros que se destinarán al Programa II “Asistencia Técnica

profesional”, con cargo a la aplicación presupuestaria 120100000

G/325A/47000 CAG0000001, con la siguiente distribución:

PROGRAMA II “ASISTENCIA TÉCNICA PROFESIONAL”

ANUALIDAD 2026 ANUALIDAD 2027

15.000,00 € 15.000,00 €

Para el programa II se subvencionará el 100% de la inversión, sin IVA,

con una subvención máxima de 2.000,00 euros para asistencia técnica

profesional.

Cuando la asistencia técnica se destine a la constitución de una

entidad, se subvencionarán también, cuando sean efectivamente suscritas

y desembolsadas, las aportaciones al capital social con un máximo de

2.250,00 euros.

Texto literal del extracto publicado en el DOE el 10/08/2026

Presupuesto total de la convocatoria (para todos los beneficiarios): 30.000 €.

Para qué es

1. Esta convocatoria tiene por objeto convocar las subvenciones para el

Plan de Impulso de las Entidades de la Economía Social en Extremadura

con la finalidad modernizar sus estructuras e instalaciones y mejorar en

sus procesos administrativos para 2026.

2. El Plan de impulso para el que soliciten la subvención podrá incluir

actuaciones para Programa II Asistencia técnica profesional: se entiende

por asistencia técnica profesional la prestación de servicios

profesionales cualificados a la entidad, destinados a tramitar ante las

administraciones procesos concretos que requieran de la citada

asistencia, incluyendo entre estos trámites los que se realicen ante los

registros en que estén inscritas las entidades. Queda excluida la

prestación regular del servicio de asesoría. Para el Programa II se

subvencionará el 100% de la inversión, sin IVA, con una subvención

máxima de 2.000,00 euros para asistencia técnica profesional.

Cuando la asistencia técnica se destine a la constitución de una

entidad, se subvencionarán también, cuando sean efectivamente suscritas

y desembolsadas, las aportaciones al capital social con un máximo de

2.250,00 euros.

Texto literal del extracto publicado en el DOE el 10/08/2026

Qué se necesita

Los requisitos completos y la documentación que hay que presentar están en las bases reguladoras y en el texto de la convocatoria (enlaces más abajo).

Dónde y cómo se solicita

El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses contados desde

el día siguiente al de publicación de esta resolución de convocatoria y

sus extractos en el Diario Oficial de Extremadura,

http://doe.juntaex.es, y se tramitará de forma electrónica, de

conformidad con lo establecido en los apartados 2 y 3 del artículo 14 de

la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común

de las Administraciones Públicas, accediendo a través del punto de

acceso general electrónico (https://www.juntaex.es/w/0609021) dentro de

la ficha correspondiente al trámite desde donde se habilitará el acceso

a la sede electrónica asociada para presentar la solicitud, o bien en

cualquiera de los registros electrónicos referidos en el artículo

16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Texto literal del extracto publicado en el DOE el 10/08/2026

Ir a la sede electrónica (se abre en una pestaña nueva) Enlace indicado por el organismo en la BDNS.

Órgano convocante

Administración
Comunidad autónoma
Departamento o entidad
EXTREMADURA
Órgano
DIRECCIÓN GENERAL DE COOPERATIVAS Y ECONOMÍA SOCIAL
Ámbito
Extremadura

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Datos actualizados el 28 de septiembre de 2026. Esta ficha es orientativa y la ha preparado Subvención Clara, que no es un organismo oficial: lo que vale es la convocatoria publicada en el boletín oficial.