Ayuntamiento de vitoria-gasteiz · Araba/Álava

Ayudas fomento relevo generacional en sector minorista 2026

Abiertahasta el 30/09/2026

Plazo de solicitud

Inicio del plazo
Fecha límite
30 de septiembre de 2026

Plazo calculado a partir del extracto oficial. Si el plazo se cuenta en días hábiles, los festivos de tu comunidad o municipio pueden alargarlo.

Quién puede pedirla

Pymes

Personas, físicas o jurídicas, con actividad mercantil, que cumplan con los siguientes requisitos: cumplir con los requisitos de pequeña empresa en el momento de presentación de la solicitud, es decir, tener una plantilla inferior a 50 personas empleadas y un volumen de negocios o su balance general anual que no supere los 10 millones de euros; no hallarse vinculada mayoritariamente por empresas que no reúnan alguno de los requisitos anteriormente expuestos; se deberá mantener una continuidad de la actividad que viniera realizando la empresa saliente y en la misma ubicación; deberá encontrarse al corriente de sus obligaciones fiscales, con la Seguridad Social y tributarias con la Diputación y con el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, o en su defecto con otras administraciones en las que tenga obligación de tributar; y no deberá haber sido beneficiaria de esta línea de subvenciones en ejercicios anteriores por las mimas acciones y gastos subvencionables.

Así mismo, el negocio traspasado deberá tener una antigüedad mínima de 6 años y haber estado en funcionamiento al menos hasta 12 meses antes del alta de la nueva persona titular de la actividad. El cese de actividad deberá haberse producido por jubilación, o por proximidad a la edad de jubilación de la persona titular del negocio (55 años o más) o por causas sobrevenidas como la incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, o el fallecimiento de la persona titular. En el caso de que la entidad transmitente sea una sociedad mercantil o una sociedad civil o una comunidad de bienes, se tendrán que cumplir estos requisitos en al menos la mitad de los y las socias de la empresa.

El local deberá estar situado dentro de los límites del término municipal de Vitoria-Gasteiz, incluidas sus entidades menores y excluidas los polígonos industriales. El local deberá estar situado a nivel de rasante del suelo, tener escaparate y estar abierto al público en horario comercial habitual. También se podrán considerar incluidos los establecimientos integrados en mercados de abastos o centros y galerías comerciales privadas.

Finalmente, deberán figurar de alta en los siguientes epígrafes del IAE, y tener actividad mercantil propia del sector en el local objeto de solicitud y estar abiertas al público, al menos desde el momento de solicitud de la subvención:

- 64: Comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco realizado en establecimientos permanentes (excepto 646: Comercio al por menor de labores de tabaco y de artículos de fumador y 647.5: Suministro de productos alimenticios y bebidas, excluido el tabaco, a través de máquinas expendedoras).

- 65: Comercio al por menor de productos no alimenticios realizado en establecimientos permanentes (excepto 652.1: Farmacias: comercio al por menor de medicamentos, productos sanitarios y de higiene personal, 654.3: comercio al por menor de vehículos aéreos, 654.4: de vehículos fluviales y marítimos, 654.5: de maquinaria, 654. […]

Texto literal del extracto publicado en el Bp del Territorio Histórico de Álava el 01/07/2026

Cuánto se da

La dotación económica de esta convocatoria es de 100.000,00 euros, con cargo al saldo disponible en la partida 08.22.4314.471.02 del presupuesto municipal aprobado para el año 2026, denominada Plan de relevo, ampliación y diversificación en el comercio.

Se subvencionará el concepto recogido en Relevo de una empresa comercial con un importe mínimo de 2.000 euros, pudiendo alcanzar un máximo de 7.000 euros aquellos proyectos que alcancen la puntuación máxima (100 puntos). Al resto de los proyectos que obtengan una puntuación comprendida entre la máxima y la mínima se les aplicará una proporción lineal al objeto de obtener el importe correspondiente de subvención.

Para el cálculo de la subvención de los Gastos asociados a la formalización del proceso de transmisión empresarial, se aplicará un porcentaje del 50 por ciento de los gastos subvencionables por esta acción, con un límite máximo de 5.000 euros.

Texto literal del extracto publicado en el Bp del Territorio Histórico de Álava el 01/07/2026

Presupuesto total de la convocatoria (para todos los beneficiarios): 100.000 €.

Para qué es

Establecer las condiciones que regirán la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas económicas dirigidas a fomentar el relevo generacional en empresas del sector de comercio minorista ubicadas en el término municipal de Vitoria-Gasteiz.

Esta ayuda tiene por objeto evitar el cierre de negocios viables y promover su continuidad apoyando el traspaso de negocios por relevo generacional.

Se considerará relevo generacional a efectos de estas bases, el traspaso de negocios consolidados que se produzcan por jubilación o proximidad a la edad de jubilación de la persona titular del negocio (55 años o más) o por causas sobrevenidas como la incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, o el fallecimiento de la persona titular de modo que se asegure la permanencia de la misma actividad comercial. En el caso de que la entidad transmitente sea una sociedad mercantil o una sociedad civil o una comunidad de bienes, se tendrán que cumplir estos requisitos en al menos la mitad de los y las socias de la empresa.

Tendrán la consideración de acciones y gastos subvencionables aquellos directamente relacionados con el proceso de relevo generacional y traspaso del negocio realizados desde el día 1 de enero de 2026 hasta el 30 de septiembre de 2026 (inclusive).

Las acciones y gastos subvencionables se dividen en los siguientes dos tipos:

-Relevo de una empresa comercial: personas físicas o jurídicas que adquieran la titularidad de un negocio consolidado de comercio minorista que haya cesado su actividad por las causas mencionadas anteriormente y cursen un alta en IAE en el mismo epígrafe y local que el negocio anterior.

-Gastos asociados a la formalización del proceso de transmisión empresarial: gastos de notaría, asesoría y asistencia técnica asociados a la formalización de los acuerdos de transmisión, cesión, valoración, protocolo familiar, registro etc. Gastos por traspaso de los bienes y derechos del negocio (fondo de comercio, equipamiento). Estos gastos deberán estar materializados en un contrato de traspaso o venta del negocio o actividad, en el que deberá constar el precio total, desglose de bienes y derechos, y el objeto del contrato.

Texto literal del extracto publicado en el Bp del Territorio Histórico de Álava el 01/07/2026

Qué se necesita

Los requisitos completos y la documentación que hay que presentar están en las bases reguladoras y en el texto de la convocatoria (enlaces más abajo).

Dónde y cómo se solicita

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará al día siguiente al de la publicación de estas bases en el BOTHA y finalizará el 30 de septiembre de 2026 (inclusive).

Se deberá presentar una solicitud por cada uno de los negocios a los que haya dado continuidad.

Texto literal del extracto publicado en el Bp del Territorio Histórico de Álava el 01/07/2026

Ir a la sede electrónica (se abre en una pestaña nueva) Enlace indicado por el organismo en la BDNS.

Órgano convocante

Administración
Entidad local
Departamento o entidad
VITORIA-GASTEIZ
Órgano
AYUNTAMIENTO DE VITORIA-GASTEIZ
Ámbito
Araba/Álava

Convocatorias relacionadas

Guía relacionada

Cómo solicitar una subvención paso a paso: Qué comprobar antes de pedir una ayuda pública, cómo se presenta la solicitud, qué pasa después y qué obligaciones tienes si te la conceden.

¿Has visto un error en esta ficha?

Cuéntanos qué dato no coincide con la convocatoria oficial y lo revisaremos.

Datos actualizados el 28 de septiembre de 2026. Esta ficha es orientativa y la ha preparado Subvención Clara, que no es un organismo oficial: lo que vale es la convocatoria publicada en el boletín oficial.