Consejería de empleo, empresa y trabajo autónomo · Andalucía

Resolción de 5 de junio de 2026, por la que se convocan subvenciones públicas regladas, en régimen de concurrencia no competitiva, para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional para el Empleo que incluyan compromiso de contratación.

Abiertahasta el 09/10/2026 o fin de fondos

Plazo de solicitud

Inicio del plazo
Fecha límite
9 de octubre de 2026, o antes si se agotan los fondos

Plazo calculado a partir del extracto oficial. Si el plazo se cuenta en días hábiles, los festivos de tu comunidad o municipio pueden alargarlo.

Quién puede pedirla

Según la BDNS, está dirigida a: pymes y personas físicas que desarrollan actividad económica. Los requisitos exactos están en las bases.

Cuánto se da

1. Los créditos presupuestarios destinados a financiar las subvenciones establecidas en esta convocatoria son los contenidos en la partida y por el importe que se detalla en el resuelve primero y con la distribución consignada en el apartado 4 de este resuelve.

2. La concesión de las subvenciones queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión.

3. Excepcionalmente, además de la cuantía total máxima dentro de los créditos disponibles del resuelve primero, se establece una cuantía adicional de un millón de euros (1.000.000 euros) cuya aplicación a la concesión de subvenciones no requerirá de una nueva convocatoria. La fijación y utilización de esta dotación presupuestaria adicional estará sometida a las reglas contempladas en el artículo 10.d) del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 282/2010, de 4 de mayo. La efectividad de esta cuantía adicional queda condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito, previa aprobación de la modificación presupuestaria que proceda en un momento anterior, en cualquier caso, a la resolución de concesión de la subvención.

4. A efectos de gestión, el citado importe del resuelve primero se distribuirá con carácter estimativo entre los ámbitos territoriales que se indican a continuación conforme a lo previsto en la tabla siguiente:

ÁMBITO TERRITORIAL DOTACIÓN 2026 DOTACIÓN 2027 TOTAL

ALMERÍA 90.000,00 € 60.000,00 € 150.000,00 €

CÁDIZ 90.000,00 € 60.000,00 € 150.000,00 €

CÓRDOBA 90.000,00 € 60.000,00 € 150.000,00 €

GRANADA 90.000,00 € 60.000,00 € 150.000,00 €

HUELVA 90.000,00 € 60.000,00 € 150.000,00 €

JAÉN 90.000,00 € 60.000,00 € 150.000,00 €

MÁLAGA 300.000,00 € 200.000,00 € 500.000,00 €

SEVILLA 360.000,00 € 240.000,00 € 600.000,00 €

TOTAL 1.200.000,00 € 800.000,00 € 2.000.000,00 €

5. De acuerdo con lo previsto en los artículos 9 y 10.2 de la Orden de 6 de abril de 2018, por la que se regula el procedimiento de gestión presupuestaria del gasto público derivado de las subvenciones otorgadas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias administrativas y de régimen especial, una vez finalizado el plazo de solicitudes y resuelta la convocatoria, si se producen sobrantes de los créditos estimados en el apartado 4 por no haber concurrido solicitudes suficientes para cubrir la dotación presupuestada para cada una de las provincias y, previa modificación de la distribución de los créditos aprobados en la presente convocatoria, se podrá hacer uso de ese crédito en otras provincias, para lo cual se dictará una resolución complementaria de concesión de la subvención, que incluya solicitudes, que, aún cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento del crédito disponible en dichos ámbitos.

6. […]

Texto literal del extracto publicado en el BOJA el 11/06/2026

Presupuesto total de la convocatoria (para todos los beneficiarios): 2.000.000 €.

Para qué es

Se convoca, para el año 2026, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia no competitiva, la siguiente línea de subvención en el ámbito de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, en la cuantía total máxima y con cargo a los créditos presupuestarios que se indican a continuación:

LÍNEA SUBVENCIONABLE PARTIDA PRESUPUESTARIA Código de Financiación ANUALIDAD

2026 (euros) ANUALIDAD

2027 (euros)

Programas formativos de Formación Profesional para el Empleo que incluyan compromiso de contratación dirigidos a personas trabajadoras desempleadas. 1400180000G/32D/47301/00 S0044 1.200.000,00 € 800.000,00 €

1. Será objeto de esta subvención pública, la puesta en marcha y realización en la Comunidad Autónoma de Andalucía, de programas formativos que incluyan compromiso de contratación (en adelante programas formativos), en modalidad presencial, dirigidos a personas trabajadoras desempleadas, de acuerdo con el apartado 1, punto 1, del cuadro resumen de las bases reguladoras aprobadas por la Orden de 24 de febrero de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas regladas, en régimen de concurrencia no competitiva, para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional para el Empleo que incluyan compromiso de contratación dirigidos a personas trabajadoras desempleadas (en adelante, cuadro resumen de las bases reguladoras).

2. Los programas formativos tendrán por objeto cubrir las necesidades formativas de las personas solicitantes, por lo que deberá existir vinculación entre la formación impartida y la contratación comprometida. Dicha vinculación se establecerá en el Anexo I mediante la identificación de los puestos de trabajo a cubrir y los perfiles de las personas a contratar.

3. La oferta formativa objeto de estos programas formativos con compromiso de contratación, se detalla en el Anexo II y se corresponde con especialidades incluidas en el Catálogo de Especialidades Formativas del Sistema Nacional de Empleo. Cada programa formativo con compromiso de contratación podrá estar integrado por una de las siguientes opciones:

a) Una sola especialidad formativa.

b) Hasta tres especialidades formativas a impartir de forma concatenada de la misma familia profesional.

c) Hasta tres ediciones de la misma especialidad formativa a ejecutar en un plazo máximo de 14 meses desde el momento de la concesión de la subvención.

4. No podrá programarse la realización de prácticas profesionales no laborales vinculadas a estas especialidades formativas.

Texto literal del extracto publicado en el BOJA el 11/06/2026

Qué se necesita

Los requisitos completos y la documentación que hay que presentar están en las bases reguladoras y en el texto de la convocatoria (enlaces más abajo).

Dónde y cómo se solicita

El plazo de presentación de las solicitudes se iniciará el día siguiente a la publicación, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, del extracto de convocatoria previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. El plazo máximo de vigencia de esta convocatoria, a efectos de la presentación de solicitudes, será hasta el 9 de octubre de 2026 o hasta agotamiento de crédito establecido en el resuelve primero.

Texto literal del extracto publicado en el BOJA el 11/06/2026

Órgano convocante

Administración
Comunidad autónoma
Departamento o entidad
ANDALUCÍA
Órgano
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Ámbito
Andalucía

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Datos actualizados el 28 de septiembre de 2026. Esta ficha es orientativa y la ha preparado Subvención Clara, que no es un organismo oficial: lo que vale es la convocatoria publicada en el boletín oficial.