Consejería de política local, infraestructuras y lucha contra la despoblación · La Rioja

Bono alquiler joven 2026

Abiertahasta el 30/04/2027

Plazo de solicitud

Inicio del plazo
Fecha límite
30 de abril de 2027

Plazo calculado a partir del extracto oficial. Si el plazo se cuenta en días hábiles, los festivos de tu comunidad o municipio pueden alargarlo.

Quién puede pedirla

Particulares

Podrán ser beneficiarias de las ayudas del Bono Alquiler Joven las personas físicas mayores de edad que reúnan todos y cada uno de los requisitos siguientes, previstos en el artículo 6, del Real Decreto 42/2022, de 18 de enero:

a) Ser persona física y tener hasta treinta y cinco años, incluida la edad de treinta y cinco años, en el momento de solicitar la ayuda.

b) Poseer la nacionalidad española, o la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, Suiza, o el parentesco determinado por la normativa que sea de publicación. En el caso de las personas extranjeras no comunitarios deberán hallarse en situación de estancia o residencia regular en España.

c) Ser titular o estar en condiciones de suscribir, en calidad de persona arrendataria, un contrato de arrendamiento de vivienda formalizado en los términos de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos o, en calidad de persona cesionaria, de un contrato de cesión de uso. En el caso de alquiler de habitación no exigible que la formalización sea en los términos de la Ley 29/1994.

El contrato tendrá que tener una duración mínima inicial de un año. No se consideran contratos subvencionables los contratos de alquiler de vivienda de temporada, ni aquellos contratos de alquiler de vivienda o habitación cuyo destino no sea vivienda habitual y permanente.

d) Disponer al menos de una fuente regular de ingresos, en los términos del artículo 6.1 letra d) del Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, que le reporte unas rentas anuales, incluidos los de las personas que tengan su domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada o cedida o a arrendar o ceder, consten o no como titulares del contrato de arrendamiento o cesión, iguales o inferiores a 3 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). En el supuesto de alquiler de habitación no se incluirá la renta de las personas que tengan su domicilio habitual y permanente en la vivienda, solamente se considerarán las de la persona física arrendataria.

A efectos de aplicación de lo dispuesto en el artículo 6.1 letra d) del Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, se entiende lo siguiente por vida laboral: la cotización de 90 días en los 6 meses anteriores a la fecha de solicitud. Para el cálculo de los días se tendrá en cuenta el periodo cotizado reflejado en la vida laboral.

Texto literal del extracto publicado en el BOR el 01/06/2026

Cuánto se da

Se aprueba el gasto por importe total de seis millones de euros (6.000.000,00 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 09.04.2611.482.07, con el desglose por anualidades que a continuación se detallan, para la concesión del Bono Alquiler joven en la Comunidad Autónoma de La Rioja:

2026: 2.000.000,00 €

2027: 2.000.000,00 €

2028: 1.500.000,00 €

2029: 500.000,00 €

Texto literal del extracto publicado en el BOR el 01/06/2026

Presupuesto total de la convocatoria (para todos los beneficiarios): 6.000.000 €.

Para qué es

Convocar la ayuda regulada en el Título I del Real Decreto 42/2022, de 18 de enero, por el que se regula el Bono Alquiler Joven y el Plan Estatal para el acceso a la vivienda 2022-2025, en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Las ayudas del Bono Alquiler Joven, tienen por objeto facilitar el disfrute de una vivienda o habitación en régimen de alquiler o de cesión de uso a las personas jóvenes con escasos medios económicos, mediante el otorgamiento de ayudas directas a las personas arrendatarias o cesionarias, al objeto de contribuir al pago de la renta arrendaticia o precio de cesión de su vivienda o habitación habituales, facilitando tanto el acceso como en su caso, el mantenimiento en la vivienda o habitación.

Será objeto de la subvención Bono Alquiler Joven la renta arrendaticia o el precio de la cesión a la que las personas jóvenes han de hacer frente para el disfrute de su vivienda o habitación habituales.

Texto literal del extracto publicado en el BOR el 01/06/2026

Qué se necesita

Los requisitos completos y la documentación que hay que presentar están en las bases reguladoras y en el texto de la convocatoria (enlaces más abajo).

Dónde y cómo se solicita

El plazo de presentación de las solicitudes de la subvención Bono Alquiler Joven se iniciará el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja y finalizará el día 30 de abril de 2027.

Texto literal del extracto publicado en el BOR el 01/06/2026

Ir a la sede electrónica (se abre en una pestaña nueva) Enlace indicado por el organismo en la BDNS.

Órgano convocante

Administración
Comunidad autónoma
Departamento o entidad
LA RIOJA
Órgano
CONSEJERÍA DE POLÍTICA LOCAL, INFRAESTRUCTURAS Y LUCHA CONTRA LA DESPOBLACIÓN
Ámbito
La Rioja

Título oficial: BONO ALQUILER JOVEN 2026

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Datos actualizados el 28 de septiembre de 2026. Esta ficha es orientativa y la ha preparado Subvención Clara, que no es un organismo oficial: lo que vale es la convocatoria publicada en el boletín oficial.