Dirección general de empleo y formación · Comunitat Valenciana
RESOLUCIÓN de 7 de mayo de 2026, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la cual se convocan subvenciones destinadas a la integración sociolaboral de personas trabajadoras en situación de exclusión social en empresas…
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Plazo de solicitud
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Las fechas registradas en la BDNS no coinciden con las del extracto oficial. Consulta el plazo en el extracto o en las bases oficiales (enlaces más abajo).
Quién puede pedirla
Pymes
Las entidades beneficiarias son las empresas de inserción que desarrollen su actividad en la Comunitat Valenciana y que, habiendo sido calificadas con carácter definitivo por LABORA Servicio Valenciano de Empleoy Formación, contraten personas trabajadoras trabajadoras expuestas a factores de vulnerabilidad y/o exclusión social.
Cuánto se da
Para el ejercicio 2026, las cuantías de ayudas correspondientes a las acciones subvencionables son:
1. Subvenciones destinadas a la creación o mantenimiento de puestos de trabajo de personas trabajadoras expuestas a factores de vulnerabilidad y/o exclusión social: La ayuda consistirá en un módulo establecido en informe técnico de fecha 13/03/2026 por importe anual de 12.846,13 € por trabajador a jornada completa.
La ayuda será proporcional para contratos inferiores a un año o a una jornada parcial, según jornada mínima establecida en la base vigesimosegunda de las bases reguladoras.
2. Subvención para financiar los gastos salariales y de Seguridad Social derivados de la contratación de personal técnico de apoyo sociolaboral en empresas de inserción: hasta 3.500 euros anuales por cada persona trabajadora expuesta a factores de vulnerabilidad y/o exclusión social, contratada durante el periodo entre 1 de enero y 31 de diciembre de 2026, siempre y cuando se cumpla con los requisitos y con las ratios mínimas establecidas en las bases reguladoras
En ningún caso la ayuda podrá superar el 100 % del coste salarial real del personal técnico de apoyo sociolaboral en la empresa de inserción.
3. Subvención para financiar los gastos salariales y de Seguridad Social derivados de la contratación de personal de apoyo a la actividad productiva: La ayuda consistirá en un módulo establecido en informe técnico de fecha 13/03/2026 por un importe de hasta 2.500 euros anuales por cada persona trabajadora expuesta a factores de vulnerabilidad y/o exclusión social contratada a jornada completa durante el periodo entre 1 de enero y 31 de diciembre de 2026, siempre y cuando se cumpla con los requisitos y con las ratios mínimas establecidas en las bases reguladoras.
En caso de jornadas a tiempo parcial o contratos de duración inferior a doce meses, la subvención se reducirá de forma proporcional.
4. Subvención para financiar gastos para la puesta en marcha de las empresas de inserción, correspondientes a gastos realizados y pagados durante el ejercicio 2026, que podrán disfrutarse desde la fecha de calificación definitiva, durante los tres primeros años de funcionamiento: hasta el 50 % del coste del servicio prestado, sin que el total de la ayuda supere la cantidad de 500 euros anuales por cada persona en situación o riesgo de exclusión, contratada en la empresa de inserción en la fecha de solicitud de la ayuda.
5. Subvención a la gerencia de empresas de inserción: hasta el 50% del S.M.I. correspondiente al ejercicio 2026, incluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias, por la contratación a jornada completa durante todo el periodo subvencionable de la persona que ejerza la gerencia. Cuando se trate de contrataciones a tiempo parcial, la cuantía máxima que se percibirá será proporcional de la jornada.
Presupuesto total de la convocatoria (para todos los beneficiarios): 1.535.600 €.
Para qué es
La presente resolución tiene por objeto convocar, para el ejercicio 2026, las subvenciones para promover y facilitar la integración sociolaboral de personas expuestas a factores de vulnerabilidad y/o exclusión social dentro de las empresas de inserción cuya actividad se desarrolle en la Comunitat Valenciana.
Qué se necesita
Los requisitos completos y la documentación que hay que presentar están en las bases reguladoras y en el texto de la convocatoria (enlaces más abajo).
Dónde y cómo se solicita
Los plazos de presentación de solicitudes para el ejercicio 2026 son los siguientes:
1. Las solicitudes de ayudas destinadas a financiar los costes salariales de personas trabajadoras expuestas a factores de vulnerabilidad y/o exclusión social, de personal técnico de apoyo sociolaboral en empresas de inserción, de personal de apoyo a la actividad productiva y de gerentes, así como a financiar gastos para la puesta en marcha de las empresas de inserción, deberán presentarse en el plazo de quince días contados a partir del siguiente a la publicación del extracto de la presente Resolución en el DOGV.
2. Cuando la empresa de inserción no haya obtenido la calificación definitiva con anterioridad a los plazos referidos en los apartados anteriores del presente artículo, el plazo para la presentación de las solicitudes correspondientes será de un mes desde dicha calificación, siendo el plazo máximo para la petición de estas ayudas el 31 de octubre de 2026.
Órgano convocante
- Administración
- Comunidad autónoma
- Departamento o entidad
- COMUNITAT VALENCIANA
- Órgano
- DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Y FORMACIÓN
- Ámbito
- Comunitat Valenciana
- Texto en castellano de la convocatoria (documento de la BDNS)
- Extracto firmado (documento de la BDNS)
- Extracto firmado incremento crédito (documento de la BDNS)
- Extracto firmado valenciano (documento de la BDNS)
- Incremento de crédito (documento de la BDNS)
- Texto en otra lengua de la convocatoria (documento de la BDNS)
Título oficial: RESOLUCIÓN de 7 de mayo de 2026, del director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la cual se convocan subvenciones destinadas a la integración sociolaboral de personas trabajadoras en situación de exclusión social en empresas
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Datos actualizados el 28 de septiembre de 2026. Esta ficha es orientativa y la ha preparado Subvención Clara, que no es un organismo oficial: lo que vale es la convocatoria publicada en el boletín oficial.