Institut valencià de finances · Comunitat Valenciana

Línea de financiación préstamos bonificados ivf liquidez anticrisis 2026

Abierta (según la BDNS)hasta el 31/12/2026 o fin de fondos

Plazo de solicitud

Inicio del plazo
Fecha límite
31 de diciembre de 2026, o antes si se agotan los fondos

Este plazo sale de las fechas que el organismo registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones; no lo hemos podido confirmar en el texto del extracto oficial.

Quién puede pedirla

AutónomosPymes

1. Podrán ser beneficiarios de la financiación bonificada al amparo de la presente convocatoria las empresas que cumplan los siguientes requisitos:

a) Tendrá, al menos, un establecimiento o sucursal radicado en la Comunitat Valenciana.

b) Deberá acreditar en el momento de la solicitud una antigüedad mínima de dos años y contar como mínimo con un empleado o un trabajador autónomo societario.

c) Contará con todas las licencias, autorizaciones y permisos necesarios para el desarrollo de su actividad y cumplir la normativa nacional y comunitaria que resulte aplicable.

d) Acreditará estar al corriente de cumplimiento de las obligaciones tributarias ante el Estado y la Generalitat, así como de las obligaciones ante la Seguridad Social. Las deudas que estén aplazadas, fraccionadas o cuya ejecución esté suspendida, se considera que cumplen el requisito de estar al corriente de las obligaciones.

e) No estará sujeto a una orden de recuperación pendiente, tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.

f) No se encontrará en ninguna de las siguientes circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante, LGS):

i. Haber sido condenada mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas o por delitos de prevaricación, cohecho, malversación de caudales públicos, tráfico de influencias, fraudes y exacciones ilegales o delitos urbanísticos.

ii. Haber solicitado la declaración de concurso voluntario, haber sido declarado insolvente en cualquier procedimiento, hallarse declarado en concurso, salvo que en éste haya adquirido la eficacia un convenio, estar sujeto a intervención judicial o haber sido inhabilitado conforme al Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal, sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.

iii. Haber dado lugar, por causa de la que hubiese sido declarado culpable, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración.

iv. Estar incursos los administradores de las sociedades mercantiles o aquellas personas físicas que ostenten la representación legal de otras personas jurídicas, en alguno de los supuestos de la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma o en la normativa autonómica que regule estas materias.

v. Tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.

vi. […]

Texto literal del extracto publicado en el DOCV el 27/04/2026

Cuánto se da

Al amparo de la presente convocatoria el Institut Valencià de Finances (en adelante, el “IVF”), podrá otorgar financiación a terceros incorporando a las operaciones de préstamo concedidas un componente de bonificación, en forma de rebaja del tipo de interés con respecto al tipo de interés de mercado.

La línea de financiación objeto de esta convocatoria cuenta con una dotación de 100.000.000 euros destinada a la concesión de préstamos bonificados a las empresas beneficiarias. La bonificación se financiará con cargo a la subvención de capital concedida por la Conselleria de Economía, Hacienda y Administración Pública, a través de la correspondiente línea presupuestaria para la financiación de proyectos empresariales entre los que se encuentra, entre otras, la presente Convocatoria, con una dotación para el ejercicio 2026 de 8.000.000 euros (en adelante, la “Dotación Presupuestaria”).

Texto literal del extracto publicado en el DOCV el 27/04/2026

Presupuesto total de la convocatoria (para todos los beneficiarios): 8.000.000 €.

Para qué es

Constituye el objeto de la presente Convocatoria la concesión de préstamos bonificados para la financiación de necesidades de circulante a personas jurídicas con el objeto de dotarles de liquidez para hacer frente a la actual crisis internacional originada por la guerra en Irán, especialmente por los efectos adversos derivados del incremento de los costes energéticos, la inflación, la inestabilidad en los mercados internacionales y las disrupciones en la cadena logística y comercial.

Texto literal del extracto publicado en el DOCV el 27/04/2026

Qué se necesita

Los requisitos completos y la documentación que hay que presentar están en las bases reguladoras y en el texto de la convocatoria (enlaces más abajo).

Dónde y cómo se solicita

Las solicitudes podrán presentarse desde el día siguiente de la publicación de la Convocatoria en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana y en la página web del IVF

Texto literal del extracto publicado en el DOCV el 27/04/2026

Ir a la sede electrónica (se abre en una pestaña nueva) Enlace indicado por el organismo en la BDNS.

Órgano convocante

Administración
Comunidad autónoma
Departamento o entidad
COMUNITAT VALENCIANA
Órgano
INSTITUT VALENCIÀ DE FINANCES
Ámbito
Comunitat Valenciana

Título oficial: LÍNEA DE FINANCIACIÓN PRÉSTAMOS BONIFICADOS IVF LIQUIDEZ ANTICRISIS 2026

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Datos actualizados el 28 de septiembre de 2026. Esta ficha es orientativa y la ha preparado Subvención Clara, que no es un organismo oficial: lo que vale es la convocatoria publicada en el boletín oficial.