Agencia de desarrollo económico de la rioja · La Rioja
(PEC) Programa Estratégico de Comercio Exterior (Reg. Mínimis 2023/2831)
Abiertahasta el 12/02/2027
Plazo de solicitud
- Inicio del plazo
- Fecha límite
- 12 de febrero de 2027
Plazo calculado a partir del extracto oficial. Si el plazo se cuenta en días hábiles, los festivos de tu comunidad o municipio pueden alargarlo.
Quién puede pedirla
Pymes
1. Podrán acogerse a las subvenciones previstas en la convocatoria las pequeñas y medianas empresas (pymes) cuya actividad esté incluida en alguno de los siguientes epígrafes de la CNAE-2025 (Real Decreto 10/2025, de 14 de enero):
a) Sección C. Industria Manufacturera.
Cuando la empresa pertenezca al sector vitivinícola sólo serán subvencionables las actuaciones realizadas para marcas propias y que estén adscritas a una marca de calidad reconocida por la Consejería de Agricultura, Ganadería, Medio Rural y Medio Ambiente del Gobierno de La Rioja, que se acreditará mediante declaración responsable.
b) De la Sección J, el Grupo 58.2. Edición de programas informáticos.
c) De la Sección K, el Grupo 62. Programación, consultoría y otras actividades relacionadas con la informática.
d) De la Sección N:
- Grupo 71.1. Servicios técnicos de arquitectura e ingeniería y otras actividades relacionadas con el asesoramiento técnico.
- División 72. Investigación y desarrollo.
e) De la Sección S:
- Grupo 90. Actividades de creación artística y artes escénicas.
- División 93.2. Otras actividades recreativas y de entretenimiento.
Además, podrán ser beneficiarios aquellas empresas que cuenten con un número de trabajadores por cuenta ajena en situación de alta igual o superior a 5 empleados a 31 de diciembre de 2025 o con una plantilla media de trabajadores por cuenta ajena en situación de alta entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025 igual o superior a 5 empleados, correspondientes a los códigos de cuenta de cotización de centros de trabajo en La Rioja y que su actividad esté incluida en alguno de los siguientes epígrafes de la CNAE-2025 (Real Decreto 10/2025, de 14 de enero).
f) De la Sección G:
- Grupo 46.3. Comercio al por mayor de productos alimenticios, bebidas y tabaco.
En este caso, sólo serán subvencionables las actuaciones realizadas para marcas propias y que estén adscritas a una marca de calidad reconocida por la Consejería de Agricultura, Ganadería, Medio Rural y Medio Ambiente del Gobierno de La Rioja, que se acreditará mediante declaración responsable.
- Grupo 46.4. Comercio al por mayor de artículos de uso doméstico.
- Grupo 46.5. Comercio al por mayor de equipos para las tecnologías de la información y las comunicaciones.
- Grupo 46.6. Comercio al por mayor de otra maquinaria, equipos y suministros.
- Dentro del Grupo 46.8, exclusivamente las siguientes clases:
46.83. Comercio al por mayor de madera, materiales de construcción y aparatos sanitarios.
46.84. Comercio al por mayor de equipos y suministros de ferretería, fontanería y calefacción.
46.85. Comercio al por mayor de productos químicos.
2. Grandes empresas cuya actividad esté incluida en alguno de los epígrafes de la CNAE-2025 (Real Decreto 10/2025, de 14 de enero) enunciados en el apartado 2.1.1. letra a).
Cuánto se da
Importe del crédito disponible: 2.000.000,00 euros.
Presupuesto total de la convocatoria (para todos los beneficiarios): 1.990.000 €.
Para qué es
Únicamente serán subvencionables las actuaciones previstas en los apartados a), b), c), d), e), f), h) e i) del artículo 4.1 de la Orden nº EIE/38/2024, de 29 de mayo de 2024.
Qué se necesita
Los requisitos completos y la documentación que hay que presentar están en las bases reguladoras y en el texto de la convocatoria (enlaces más abajo).
Dónde y cómo se solicita
El plazo de presentación de solicitudes comenzará el día de la publicación del extracto en el Boletín Oficial de La Rioja, a las 9:00 horas.
El plazo de presentación de solicitudes finalizará a las 14:00 horas del día 12 de febrero de 2027.
La fecha de presentación de la solicitud determinará la fecha límite de los gastos subvencionables elegibles, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado Segundo de la convocatoria.
Una vez cerrado el plazo de presentación de solicitudes no se podrá incrementar el importe del presupuesto de inversión subvencionable.
Órgano convocante
- Administración
- Comunidad autónoma
- Departamento o entidad
- LA RIOJA
- Órgano
- AGENCIA DE DESARROLLO ECONÓMICO DE LA RIOJA
- Ámbito
- La Rioja
- Texto en castellano de la convocatoria (documento de la BDNS)
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Datos actualizados el 28 de septiembre de 2026. Esta ficha es orientativa y la ha preparado Subvención Clara, que no es un organismo oficial: lo que vale es la convocatoria publicada en el boletín oficial.