Ayuntamiento de lucena · Córdoba
Decreto de convocatoria de ayudas por nacimientos/adopciones del ayuntamiento de lucena, ejercicio 2026.
Abiertahasta el 16/11/2026
Plazo de solicitud
- Inicio del plazo
- Fecha límite
- 16 de noviembre de 2026
Plazo calculado a partir del extracto oficial. Si el plazo se cuenta en días hábiles, los festivos de tu comunidad o municipio pueden alargarlo.
Quién puede pedirla
Particulares
Padre, madre o tutor legal de un bebé nacido entre el 1 de septiembre de 2025 y el 31 de octubre de 2026, o de un menor de 12 años adoptado en ese periodo, empadronado en Lucena en el mismo domicilio. La persona solicitante debe llevar al menos un año empadronada en Lucena antes del nacimiento o adopción.
Cuánto se da
400 € por nacimiento o adopción. Si el crédito (125.000 €, ampliable en 40.000 €) no alcanza, se prorratea entre todas las solicitudes.
Presupuesto total de la convocatoria (para todos los beneficiarios): 125.000 €.
Para qué es
Fomentar la natalidad en Lucena ante el envejecimiento de la población.
Qué se necesita
Libro de familia o certificado de nacimiento, certificado de empadronamiento histórico, no haber perdido la patria potestad o custodia y cumplir el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
Dónde y cómo se solicita
Hasta el 16 de noviembre de 2026 (incluido). El extracto remite a la convocatoria para la forma de presentación.
Ir a la sede electrónica (se abre en una pestaña nueva) Enlace indicado por el organismo en la BDNS.
Comparar con el texto literal del extracto oficial
Nuestro resumen se ha redactado a partir de estos apartados del extracto publicado en el BOP de Córdoba el 07/04/2026. Si ves alguna diferencia, lo que vale es el texto oficial.
Beneficiarios
3.1) Podrán ser beneficiarios de la ayuda regulada en estas bases el padre, la madre o tutor/a legal del hijo/a cuyo nacimiento se haya producido entre el 1/9/2025 y el 31/10/2026, siempre que el recién nacido haya sido empadronado por primera vez en el municipio de Lucena y en el mismo domicilio que la persona solicitante, manteniéndose dicha situación de forma ininterrumpida a fecha de la solicitud.
Asimismo también podrán solicitar esta ayuda el padre o madre del hijo/a menor de 12 años adoptado legalmente durante el mismo periodo de tiempo, siempre que se hubiera empadronado en el municipio de Lucena y en el mismo domicilio del beneficiario en el plazo de un mes a contar de la Resolución Judicial, manteniéndose dicha situación de forma ininterrumpida a fecha de la solicitud.
A su vez, la persona solicitante deberá cumplir los siguientes requisitos:
1ª.- Figurar empadronado en el municipio de Lucena durante, al menos, un año antes al nacimiento o adopción para que el que solicita la ayuda.
2ª.- Mantener la permanencia del empadronamiento ininterrumpidamente desde dicha fecha.
3ª. - No haber sido privado/a totalmente de la patria potestad o custodia de sus hijos/as causantes, o cuya tutela del/la menor de edad haya sido asumida por una institución pública.
4ª.- Cumplir los requisitos previstos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS), para obtener la condición de beneficiario de subvenciones.
3.2) Dichos requisitos se acreditarán de la siguiente manera:
Copia del Libro de Familia que acredite el nacimiento o adopción en el periodo indicado, o Certificado de nacimiento expedido por el Registro Civil.
Certificado de empadronamiento histórico que acredite los requisitos de empadronamiento previstos en las bases, tanto de la persona solicitante, como del hijo/a para cuyo nacimiento o adopción se solicita la ayuda.
Declaración responsable que acredite el cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 13 LGS.
Cuantía
Las obligaciones económicas que deriven en ejecución de la presente Convocatoria se imputarán a cargo de la aplicación presupuestaria 143 2210 48021 del vigente Presupuesto Municipal, siendo la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas para el presente ejercicio de 125.000 euros. No obstante lo anterior, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 58 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se contempla una cuantía adicional de hasta 40.000 € más a la prevista en el apartado anterior, cuya aplicación a la concesión de subvenciones no requerirá de una nueva convocatoria.
Se concederá una ayuda de 400 € por nacimiento/adopción a todas aquellas personas solicitantes que cumplan los requisitos establecidos en el apartado tercero del presente extracto.
No obstante, para el caso de que finalmente el crédito dotado a la convocatoria fuese insuficiente para cubrir todas las solicitudes beneficiarias, se procederá al prorrateo entre todas ellas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 22.1 LGS.
Objeto
Se convocan para el ejercicio 2026 ayudas por nacimientos y adopciones acaecidos entre el 1/9/2025 al 31/10/2026.
La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de ayudas a aquellos nacimientos o adopciones legales que se hayan producido en el último año en el municipio de Lucena, como medida de fomento de la natalidad, que ayude a afrontar el desafío demográfico al que nos enfrentamos como consecuencia del progresivo envejecimiento de la pirámide poblacional.
Plazo
El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación del extracto de la presente Convocatoria en en el Boletín Oficial de la provincia de Córdoba), por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en el Tablón de Edictos Municipal, hasta el 16 de noviembre de 2026, ambos inclusive.
Órgano convocante
- Administración
- Entidad local
- Departamento o entidad
- LUCENA
- Órgano
- AYUNTAMIENTO DE LUCENA
- Ámbito
- Córdoba
- Documento de la convocatoria en español (documento de la BDNS)
Título oficial: Decreto de CONVOCATORIA DE AYUDAS POR NACIMIENTOS/ADOPCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE LUCENA, EJERCICIO 2026.
Convocatorias relacionadas
Abiertahasta el 07/10/2026
Convocatoria de ayudas al alquiler para personas entre 16 y 40 años año 2026 del iltmo. ayuntamiento de cabra
- Fecha límite
- 07/10/2026
- Presupuesto total
- 300.000 €
- Para
- Particulares
- Ámbito
- Córdoba
Ayuntamiento de cabra · BDNS 928890
Abiertahasta el 08/10/2026
Convocatoria de ayudas economicas a la natalidad y adopcion año 2026
- Fecha límite
- 08/10/2026
- Presupuesto total
- 75.000 €
- Para
- Particulares
- Ámbito
- Córdoba
Ayuntamiento de cabra · BDNS 928128
Abiertahasta el 16/10/2026
Convocatoria para la concesion de subvenciones para adecuacion funcional basica de viviendas y ayudas extraordinarias para la recuperacion de habitabilidad de las mismas en caso de catástrofe o siniestro grave 2026.
- Fecha límite
- 16/10/2026
- Presupuesto total
- 55.000 €
- Para
- Particulares
- Ámbito
- Córdoba
Ayuntamiento de cabra · BDNS 928902
Abiertahasta el 16/11/2026
Bases reguladoras y convocatoria de las ayudas cheque-bebé para el apoyo a la natalidad y la adopción en el municipio de córdoba para el año 2026
- Fecha límite
- 16/11/2026
- Presupuesto total
- 1.000.000 €
- Para
- Particulares
- Ámbito
- Córdoba
Ayuntamiento de córdoba · BDNS 888361
Guía relacionada
¿Tributan las subvenciones en la declaración de la renta?: Cómo se declaran en el IRPF las subvenciones y ayudas públicas, cuándo se imputan y qué ayudas están exentas, según la Agencia Tributaria.
¿Has visto un error en esta ficha?
Cuéntanos qué dato no coincide con la convocatoria oficial y lo revisaremos.
Datos actualizados el 28 de septiembre de 2026; resumen revisado el 29 de septiembre de 2026. Esta ficha es orientativa y la ha preparado Subvención Clara, que no es un organismo oficial: lo que vale es la convocatoria publicada en el boletín oficial.