Ayuntamiento de pedrola · Zaragoza
Convocatoria de ayudas para la financiación de gastos de notaría y registro a jóvenes que adquieran su primera vivienda en el municipio de Pedrola 2026
Abiertahasta el 01/10/2026
Plazo de solicitud
- Inicio del plazo
- Fecha límite
- 1 de octubre de 2026
Plazo calculado a partir del extracto oficial. Si el plazo se cuenta en días hábiles, los festivos de tu comunidad o municipio pueden alargarlo.
Quién puede pedirla
Particulares
Podrán acogerse a estas ayudas las personas físicas de edades comprendidas entre los 18 y los 35 años que hayan escriturado su vivienda entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026.Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las personas físicas mayores de edad, menores emancipados y personas jurídicas y otras entidades sin personalidad que no estén incursas en causa que impida obtener la condición de beneficiario según el artículo 13, párrafo 2.º, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el artículo 2 de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Pedrola y se hallen al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Municipal, que promuevan las actuaciones subvencionables.
Cuánto se da
El crédito presupuestario previsto para esta convocatoria asciende a la cantidad de 5.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria: 1520.48000, «Subvención gastos notariales y de registro adquisición vivienda».
Presupuesto total de la convocatoria (para todos los beneficiarios): 5.000 €.
Para qué es
De acuerdo con la Ordenanza nº 58 reguladora de la concesión de ayudas para la financiación de gastos de notaría y registro a jóvenes que adquieran su primera vivienda en el municipio de Pedrola, aprobada por el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordinaria de 23 de febrero de 2021 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza nº 87 de 19 de abril de 2021, se efectúa convocatoria para la concesión de ayudas para la financiación de gastos de notaría y registro a jóvenes que adquieran su primera vivienda en el municipio de Pedrola, incentivando así el asentamiento de la población joven y evitando el despoblamiento de los pequeños municipios.
La presente convocatoria se realiza en régimen de concurrencia competitiva, procedimiento simplificado de concurrencia competitiva, según lo establecido en el artículo 22.1 y 23 a 27 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y artículo 16.3 c) del Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón.
Qué se necesita
Los requisitos completos y la documentación que hay que presentar están en las bases reguladoras y en el texto de la convocatoria (enlaces más abajo).
Dónde y cómo se solicita
Las solicitudes habrán de presentarse debidamente cumplimentadas, conforme al modelo oficial establecido en el anexo I de la convocatoria y acompañadas de los documentos correspondientes. Las solicitudes se presentarán por cualquiera de los siguientes medios:
• En el Registro del Ayuntamiento de Pedrola.
• En cualquiera de los lugares previstos en la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOPZ y finalizará el día 1 de octubre de 2026.
Para solicitar información, los interesados podrán dirigirse a las oficinas del Ayuntamiento (sitas en plaza de España, 1, 50690 Pedrola).
El resto de cuestiones quedan reflejadas en las bases y en la convocatoria.
Ir a la sede electrónica (se abre en una pestaña nueva) Enlace indicado por el organismo en la BDNS.
Órgano convocante
- Administración
- Entidad local
- Departamento o entidad
- PEDROLA
- Órgano
- AYUNTAMIENTO DE PEDROLA
- Ámbito
- Zaragoza
- Documento de la convocatoria en español (documento de la BDNS)
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