Ayuntamiento de roses · Girona
Programa 19 de prestaciones económicas de urgencia social, 2026.
Abierta (según la BDNS)hasta el 31/12/2026
Plazo de solicitud
- Inicio del plazo
- Fecha límite
- 31 de diciembre de 2026
Este plazo sale de las fechas que el organismo registró en la Base de Datos Nacional de Subvenciones; no lo hemos podido confirmar en el texto del extracto oficial.
Quién puede pedirla
Particulares
Las prestaciones de urgencia social están destinadas a personas físicas y núcleos familiares residentes en el municipio y que cumplan las siguientes condiciones de acceso:
No disponer de ingresos iguales o superiores a los resultados de la aplicación de la siguiente fórmula:
Ingresos totales = IRSC x 1,4
A partir del segundo miembro de la unidad familiar de convivencia este importe se incrementará con el resultado de la expresión siguiente:
(Número de miembros de la unidad familiar – 1) x 0,15 x IRSC x 1,4
La IRSC (indicador de renta de suficiencia de Cataluña) será el que fije anualmente la Generalitat de Cataluña en la Ley de presupuestos de la Generalitat.
A partir del importe de ingresos familiares que se obtiene por una unidad de convivencia de 5 miembros, aplicando la fórmula (5-1) x 0,15 x IRSC x 1,4, no se tendrá derecho a ninguna prestación de urgencia social.
Para valorar la situación económica familiar se tendrán en cuenta todos los ingresos existentes, incluidas las prestaciones sociales.
No disponer otros bienes o en general, recursos alternativos que demuestren la existencia de medios suficientes para atender la necesidad para la cual se solicita la ayuda.
No tener acceso a prestaciones económicas otorgadas por otras administraciones que puedan cubrir la necesidad surgida
Seguir un Plan de Trabajo con el área de servicios sociales
En unidades familiares con menores a cargo en edad de escolarización obligatoria, no estar inmersos en un proceso de no escolarización, de absentismo escolar grave o de abandono escolar según el Protocolo de prevención, detección e intervención en situaciones de absentismo del municipio de Roses aprobado por el Pleno municipal en sesión ordinaria de fecha 30 de noviembre de 2009 y revisado y aprobado por el Pleno de fecha 28 de abril de 2021.
En casos excepcionales, previa valoración del personal técnico de servicios sociales, se podrá otorgar una ayuda económica de urgencia social, a pesar de no cumplir el conjunto de las condiciones de acceso o diferir de la tipología de ayudas previstas en estas bases.
Debido a la naturaleza de este tipo de subvenciones, se exime a los beneficiarios de acreditar, antes de su percepción, que se encuentran al corriente de pago de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
Cuánto se da
La cantidad total máxima destinada en este programa de subvenciones es de 127.600,00 €, del total de esta cantidad, 100.000,00 € con cargo a la aplicación presupuestaria 26 61 2311 4820000 se destinan a las ayudas económicos de prestaciones de urgencia social y por otro lado, 27.600,00 € con cargo a la partida 26 61 2312 4820000 para ocupar una plaza de residencia asistida para emergencias sociales.
Excepcionalmente, esta dotación inicial podrá ser ampliada sin necesidad de nueva convocatoria, de acuerdo con el artículo 58.2 del RLGS, en caso de tenerse que incrementar su cuantía como consecuencia de la aprobación de una modificación de crédito.El importe de los ajuste económicos de urgencia social, con carácter general, no superará los 1.200,00 € anuales por unidad familiar.
En casos excepcionales, y previa valoración del personal técnico de servicios sociales, se podrá otorgar una ayuda económica por un importe superior a la cantidad indicada anteriormente.
Queda excluida esta limitación económica de los 1.200,00 € anuales por unidad familiar en el casos de ayuda en especie por el servicio de plazas de residencia asistida para emergencias sociales, siempre con el previo informe del equipo de los Servicios Sociales de atención primariaQuinto. Plazo de presentación de solicitudes
Por las características de estas ayudas, las solicitudes de subvenciones se podrán realizar a lo largo de todo el ejercicio, sujetas a la disponibilidad presupuestaria existente, sin perjuicio de la fecha de publicación del correspondiente extracto de la convocatoria al Boletín Oficial de la Provincia (BOP), mediante la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS), por lo cual, se entenderá prorrogada la anterior convocatoria hasta el momento de la mencionada publicación al BOP.
Presupuesto total de la convocatoria (para todos los beneficiarios): 127.600 €.
Para qué es
El objeto de las subvenciones es apoyar económico a personas y familias de Roses que se encuentren en una situación socioeconómica desfavorecida, atendiendo a situaciones de necesidad puntuales, urgentes y básicas, y de subsistencia, como la alimentación, el traje y el alojamiento.Tercero. Bases reguladoras
Bases específicas reguladoras aprobadas por el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Roses de fecha 27 de octubre de 2025 y publicadas en el BOP de Girona número 212 de fecha 6 de noviembre de 2025, publicación de la aprobación definitiva en el BOP de Girona número 243 de fecha 22 de diciembre de 2025, y que pueden ser consultadas en el siguiente enlace: Bases específicas reguladoras de las prestaciones económicas de urgencia social correspondientes al ejercicio 2026, programa 19.
Qué se necesita
Los requisitos completos y la documentación que hay que presentar están en las bases reguladoras y en el texto de la convocatoria (enlaces más abajo).
Dónde y cómo se solicita
La forma de presentar la solicitud se indica en la convocatoria oficial.
Ir a la sede electrónica (se abre en una pestaña nueva) Enlace indicado por el organismo en la BDNS.
Órgano convocante
- Administración
- Entidad local
- Departamento o entidad
- ROSES
- Órgano
- AYUNTAMIENTO DE ROSES
- Ámbito
- Girona
- Documento de la convocatoria en lengua cooficial (documento de la BDNS)
- Documento de la convocatoria en español (documento de la BDNS)
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Datos actualizados el 28 de septiembre de 2026. Esta ficha es orientativa y la ha preparado Subvención Clara, que no es un organismo oficial: lo que vale es la convocatoria publicada en el boletín oficial.