Consellería de empleo, comercio y emigración · Galicia

Orden de 29 de diciembre de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras del Programa Galicia Suma Talento: Empléate de incentivos a la contratación en la empresa ordinaria, y se procede a su convocatoria para el año 2026

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Las fechas registradas en la BDNS no coinciden con las del extracto oficial. Consulta el plazo en el extracto o en las bases oficiales (enlaces más abajo).

Quién puede pedirla

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Podrán ser personas o entidades beneficiarias de los incentivos previstos en esta orden las personas empleadoras y las empresas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten, incluidas las personas autónomas que contraten personas trabajadoras por cuenta ajena para prestar servicios en centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Galicia, de acuerdo con los requisitos y condiciones que se establecen en esta orden. También pueden ser beneficiarios de los incentivos los centros especiales de empleo, excepto para hacer contratos con personas con discapacidad, y las empresas de inserción laboral, salvo para hacer contratos con personas en situación o riesgo de exclusión social.

Texto literal del extracto publicado en el DOG el 10/02/2026

Cuánto se da

Para la concesión de estas ayudas se destinan diecinueve millones setecientos mil euros (19.700.000 €) distribuidos del siguiente modo:

- Personas jóvenes: 4.000.000 €.

- Mujeres víctima de violencia de género y/o víctima de trata de seres humanos, y mujeres con hijos e hijas menores de 3 años, desempleadas de larga duración o inactivas en los últimos 3 años: 2.500.000 €.

- Mujeres en ocupaciones masculinizadas: 1.200.000 €.

- Personas paradas de larga duración y/o personas de 52 o más años: 3.000.000 €.

- Personas emigrantes retornadas y extranjeras: 3.000.000 €.

- Personas con discapacidad y/o en riesgo o situación de exclusión social: 3.000.000 €.

- Personas desempleadas que en los últimos 2 años hayan finalizado acciones de AFD, talleres de empleo o programas Integrados de empleo: 1.500.000 €.

- Personas desempleadas que hayan desarrollado contratos formativos al amparo del Programa de primera experiencia profesional en los últimos 2 años: 1.000.000 €.

- Para todos los colectivos anteriores, en caso de que la entidad beneficiaria sea una entidad sin ánimo de lucro: 500.000 €.

Texto literal del extracto publicado en el DOG el 10/02/2026

Presupuesto total de la convocatoria (para todos los beneficiarios): 20.145.892 €.

Para qué es

Esta orden tiene por objeto fijar las bases reguladoras y convocar para el año 2026 las ayudas establecidas por la Consellería de Empleo, Comercio y Emigración que favorezcan la contratación de personas desempleadas en la empresa ordinaria y en entidades sin ánimo de lucro, especialmente de aquellas que tienen mayores dificultades de inserción laboral.

La orden regula el programa Galicia Suma Talento: Empléate (código de procedimiento TR342C), de incentivos a la contratación por cuenta ajena de los colectivos vulnerables recogidos en el artículo 24.1.a), a través de una línea de incentivos a la contratación por cuenta ajena cuyas particularidades se recogen en esta orden, y que incluye cuatro modalidades de ayudas:

a) Incentivos a la contratación indefinida inicial de personas desempleadas.

b) Incentivos al incremento de jornada de las contrataciones indefinidas, de tiempo parcial a tiempo completo.

c) Incentivos al incremento de la duración anual de los contratos fijos-discontinuos a un mínimo de 9 meses.

d) Ayudas para la adaptación de puestos de trabajo de personas con discapacidad.

e) Transformación en indefinidos de los contratos formativos subvencionados con cargo al Programa de primera experiencia profesional (TR353C).

Texto literal del extracto publicado en el DOG el 10/02/2026

Qué se necesita

Los requisitos completos y la documentación que hay que presentar están en las bases reguladoras y en el texto de la convocatoria (enlaces más abajo).

Dónde y cómo se solicita

El plazo general para la presentación de solicitudes de las ayudas establecidas en esta orden comenzará a las 9.00 horas del quinto día hábil posterior al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, y finalizará a las 20.00 horas del 30 de septiembre de 2026.

Texto literal del extracto publicado en el DOG el 10/02/2026

Órgano convocante

Administración
Comunidad autónoma
Departamento o entidad
GALICIA
Órgano
CONSELLERÍA DE EMPLEO, COMERCIO Y EMIGRACIÓN
Ámbito
Galicia

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Datos actualizados el 29 de septiembre de 2026. Esta ficha es orientativa y la ha preparado Subvención Clara, que no es un organismo oficial: lo que vale es la convocatoria publicada en el boletín oficial.