Dirección general de asuntos europeos y acción exterior · Extremadura
Ayudas 2026 para financiar gastos de funcionamiento a las comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones, según Resolución de 24 de noviembre de 2025 que la convoca
Abiertahasta el 30/09/2026
Plazo de solicitud
- Inicio del plazo
- Fecha límite
- 30 de septiembre de 2026
Plazo calculado a partir del extracto oficial. Si el plazo se cuenta en días hábiles, los festivos de tu comunidad o municipio pueden alargarlo.
Quién puede pedirla
Asociaciones
1. Podrán ser entidades beneficiarias de estas ayudas las comunidades
extremeñas en el exterior y sus federaciones, considerando como tales
aquellas asociaciones que cumplan los requisitos exigidos en la Ley
6/2009, de 17 de diciembre, del Estatuto de los Extremeños en el
Exterior y se encuentren inscritas en el Registro Oficial de Comunidades
Extremeñas en el Exterior, regulado por el Decreto 27/2011, de 18 de
marzo, por el que se regula el Registro Oficial y el reconocimiento de
las Comunidades Extremeñas en el Exterior, y que, además, cumplan los
siguientes requisitos:
a) Cumplir los requisitos específicos determinados en el Decreto
142/2025, de 27 de octubre, por el que se establecen las bases
reguladoras de las ayudas destinadas a financiar gastos de
funcionamiento de las comunidades extremeñas en el exterior y sus
federaciones (DOE n.º 211, de 3 de noviembre), , en la presente
convocatoria y que no se hallen incursas en alguna de las circunstancias
que le impidan obtener la condición de entidad beneficiaria recogidas en
los apartados 2 y 3 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
b) Presentar una relación con la previsión anual de gastos de
funcionamiento de la entidad por importe mínimo de 500 €.
c) Acompañar una memoria que comprenda todas las actividades realizadas
en el año anterior a la convocatoria de las presentes ayudas conforme al
modelo que figura en el Anexo III de la presente convocatoria.
2. Lo dispuesto en la letra c del apartado anterior no se aplicar· a
aquellas comunidades de extremeños en el exterior y a las federaciones
que se hayan constituido legalmente e inscrito en el Registro Oficial de
Comunidades Extremeñas en el Exterior en el año correspondiente a la
convocatoria de las presentes ayudas.
Cuánto se da
1. La cuantía máxima de las subvenciones convocadas asciende a una
cantidad total de CIENTO TREINTA MIL EUROS (130.000,00 €), con cargo a
los créditos autorizados en la aplicación presupuestaria 02004253C48000,
proyecto de gasto 20160007 “Fortalecimiento de las comunidades y
federaciones de comunidades extremeñas en el exterior” y con fuente de
financiación CA de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma
de Extremadura para 2026.
2. La presente convocatoria queda sometida a la condición suspensiva de
existencia de crédito adecuado y suficiente en los presupuestos
Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para la anualidad
2026,
Presupuesto total de la convocatoria (para todos los beneficiarios): 130.000 €.
Para qué es
Aprobar la convocatoria de las ayudas destinadas a financiar los gastos
de funcionamiento de las comunidades extremeñas en el exterior y sus
federaciones para el ejercicio 2026.
Qué se necesita
Los requisitos completos y la documentación que hay que presentar están en las bases reguladoras y en el texto de la convocatoria (enlaces más abajo).
Dónde y cómo se solicita
El plazo de presentación será desde el día siguiente al de la
publicación de la convocatoria y del presente extracto en el Diario
Oficial de Extremadura y hasta el 30 de septiembre del año 2026.
Órgano convocante
- Administración
- Comunidad autónoma
- Departamento o entidad
- EXTREMADURA
- Órgano
- DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS EUROPEOS Y ACCIÓN EXTERIOR
- Ámbito
- Extremadura
- Texto en castellano de la convocatoria (documento de la BDNS)
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Datos actualizados el 28 de septiembre de 2026. Esta ficha es orientativa y la ha preparado Subvención Clara, que no es un organismo oficial: lo que vale es la convocatoria publicada en el boletín oficial.