Ayuntamiento de almussafes · Valencia/València

Ayudas municipales a las personas emprendedoras 2025

Abiertahasta el 30/10/2026

Plazo de solicitud

Inicio del plazo
Fecha límite
30 de octubre de 2026

Plazo calculado a partir del extracto oficial. Si el plazo se cuenta en días hábiles, los festivos de tu comunidad o municipio pueden alargarlo.

Quién puede pedirla

AutónomosEmprendedores

Podrán ser personas beneficiarias de las “Ayudas Municipales a las Personas Emprendedoras” de la presente convocatoria las personas desempleadas que se constituyan como personas trabajadoras autónomas dándose de alta en el Régimen Especial de personas Trabajadoras Autónomas, equivalente o asimilado, entre el día 1 de noviembre de 2023 y el 30 de octubre de 2026, siempre que a fecha de la presentación de la solicitud y de la Resolución de concesión se mantenga la actividad, continúen de alta y se cumplan los requisitos establecidos en las bases.

Texto literal del extracto publicado en el BOP de Valencia el 31/10/2025

Cuánto se da

La asignación presupuestaria para las ayudas reguladas en las presentes bases será a cargo de la Aplicación Presupuestaria 2410.470.01 de Subvenciones Promoción del Empleo-Línea Emprendedores, del vigente Presupuesto consignado a este efecto por el Ayuntamiento de Almussafes.

El importe global máximo que podrá asignarse en concepto de estas ayudas para esta convocatoria será de 30.000,00€ sin perjuicio que se pueda aumentar el importe, previas modificaciones presupuestarias correspondientes, distribuidos en las siguientes anualidades:

1. Alta como persona autónoma realizada entre el 1 de noviembre de 2023 y la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP): 15.000,00€.

2. Alta como persona autónoma realizadas a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) y el 30 de octubre de 2026: 15.000,00€.

Texto literal del extracto publicado en el BOP de Valencia el 31/10/2025

Presupuesto total de la convocatoria (para todos los beneficiarios): 42.000 €.

Para qué es

La presente convocatoria tiene como objeto estimular la generación de nuevos puestos de trabajo por cuenta propia, mediante la creación y consolidación de empresas y promoción del trabajo autónomo como alternativa al empleo por cuenta ajena por medio de la concesión de las ayudas destinadas a subvencionar gastos corrientes de Seguridad Social, alquiler, luz, agua, teléfono, asesoría, etc.

La convocatoria de las Ayudas Municipales a las Personas Emprendedoras 2025, aprobada por Resolución de Alcaldía n.º 2630 el día 21 de octubre de 2025, se publicarán en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, en el Tablón de Edictos de la sede electrónica del Ayuntamiento y en su página web https://wp.me/PanQjS-1gP

Texto literal del extracto publicado en el BOP de Valencia el 31/10/2025

Qué se necesita

Los requisitos completos y la documentación que hay que presentar están en las bases reguladoras y en el texto de la convocatoria (enlaces más abajo).

Dónde y cómo se solicita

La solicitud se presentará a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Almussafes o por cualquiera de los medios establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia hasta el 30 de octubre de 2026 según la «BASE SEXTA. Plazo, presentación de solicitudes y documentación que se debe acompañar a la solicitud», teniendo en cuenta los diferentes periodos subvencionables establecidos en la Base 6.1.1 y 6.1.2 de las bases reguladoras.

Texto literal del extracto publicado en el BOP de Valencia el 31/10/2025

Órgano convocante

Administración
Entidad local
Departamento o entidad
ALMUSSAFES
Órgano
AYUNTAMIENTO DE ALMUSSAFES
Ámbito
Valencia/València

Título oficial: AYUDAS MUNICIPALES A LAS PERSONAS EMPRENDEDORAS 2025

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Datos actualizados el 28 de septiembre de 2026. Esta ficha es orientativa y la ha preparado Subvención Clara, que no es un organismo oficial: lo que vale es la convocatoria publicada en el boletín oficial.