Dirección general de inteligencia competitiva y comercio · Extremadura

Ayudas 2026 a pymes para la internacionalización de la empresa extremeña y mejora de la comercialización, s/ resolución de 10 de octubre de 2025, que la convoca

Abiertahasta el 30/09/2026 o fin de fondos

Plazo de solicitud

Inicio del plazo
Fecha límite
30 de septiembre de 2026, o antes si se agotan los fondos

Plazo calculado a partir del extracto oficial. Si el plazo se cuenta en días hábiles, los festivos de tu comunidad o municipio pueden alargarlo.

Quién puede pedirla

AutónomosPymes

Personas físicas y jurídicas que tengan la

consideración de pequeña y mediana empresa y que ejerzan una actividad

económica en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

También serán beneficiarios las asociaciones empresariales, así como las

comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o

patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan

llevar a cabo los proyectos, actividades o comportamientos o se

encuentren en la situación que motiva la concesión de la ayuda y que

ejerzan una actividad económica propia en el territorio de la Comunidad

Autónoma de Extremadura.

Los beneficiarios deberán desarrollar en Extremadura actividades de

transformación, de fabricación, de construcción, de instalación y de

producción, así como de comercio al por mayor y de servicios, excluidos

los de intermediación.

Texto literal del extracto publicado en el DOE el 22/10/2025

Cuánto se da

La cuantía total de la convocatoria de ayudas asciende

a 900.000 euros, El coste de las ayudas será imputado a la aplicación

presupuestaria 140030000G/341A/77000/FD211A1303/20230036 y proyecto de

gasto 20230036 denominado “Ayudas de impulso internacionalización y

transformación digital”.

Con carácter general, las ayudas consistirán en una subvención del 75%

de los gastos elegibles, a excepción de las actividades de participación

en ferias comerciales de carácter internacional, tanto de manera

presencial como virtual, y de consultoría para la internacionalización

digital y posicionamiento orgánico SEO internacional, en las que la

intensidad de ayuda será de 50% de los gastos elegibles. El importe

máximo de ayuda que podrá recibir un mismo beneficiario por convocatoria

no podrá exceder de 30.000 euros.

Estas ayudas están sometidas a las disposiciones del Reglamento (UE)

2021/1058 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021

relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión,

y se encuentran encuadradas en el programa FEDER 2021-2027 Extremadura,

con la cofinanciación del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER),

dentro del Objetivo Político 1: “Una Europa más competitiva y más

inteligente”, Prioridad de Inversión: 1.A “Transición Digital e

Inteligente”, Objetivo específico 1 iii). “el refuerzo del crecimiento

sostenible y la competitividad de las pymes y la creación de empleo en

estas, también mediante inversiones productivas”. Las mismas se

encuentran una cofinanciadas en un 85 % por parte de la Unión Europea, a

través de fondos FEDER.

Texto literal del extracto publicado en el DOE el 22/10/2025

Presupuesto total de la convocatoria (para todos los beneficiarios): 900.000 €.

Para qué es

Aprobar la convocatoria de las ayudas para la

internacionalización de la empresa extremeña y la mejora de las

condiciones de comercialización exterior destinadas a la pequeña y

mediana empresa extremeña, dirigidas a fomentar su internacionalización

y fortalecer sus capacidades digitales en la dirección de los mercados

exteriores, así como realizar la convocatoria para el ejercicio 2026.

Serán subvencionables los

proyectos integrales de internacionalización, los planes de acción

exterior o las operaciones puntuales que encuadren una o varias de las

actividades siguientes:

a) Participación en ferias comerciales de carácter internacional, tanto

de manera presencial como virtual.

b) Misiones comerciales prospectivas o directas.

c) Misiones comerciales inversas.

d) Implantación en el exterior.

e) Registro de patentes y marcas en el exterior, así como homologaciones

y certificaciones necesarias para la comercialización internacional de

los productos.

f) Licitaciones internacionales.

g) Publicidad en el exterior, incluyendo campañas promocionales y

publicitarias en medios digitales internacionales.

h) Presentaciones de productos, desfiles, demostraciones técnicas y

talleres en vivo, así como otras acciones promocionales tanto de

carácter presencial como virtual en los mercados de destino,

i) Consultoría para la internacionalización digital y posicionamiento

orgánico SEO internacional.

j) Modificación, ampliación y reforma de la página web.

k) Material promocional en formato digital enfocado a mercados

exteriores.

En cualquier caso, la inversión mínima subvencionable habrá de alcanzar

la cantidad de 1.000 euros (IVA excluido).

Texto literal del extracto publicado en el DOE el 22/10/2025

Qué se necesita

Los requisitos completos y la documentación que hay que presentar están en las bases reguladoras y en el texto de la convocatoria (enlaces más abajo).

Dónde y cómo se solicita

El plazo de presentación de

solicitudes de ayuda se iniciará a partir del día siguiente de la

publicación de la convocatoria y el presente extracto en el Diario

Oficial de Extremadura y finalizará el 30 de septiembre de 2026, o en su

caso hasta el agotamiento del crédito presupuestario.

Texto literal del extracto publicado en el DOE el 22/10/2025

Ir a la sede electrónica (se abre en una pestaña nueva) Enlace indicado por el organismo en la BDNS.

Órgano convocante

Administración
Comunidad autónoma
Departamento o entidad
EXTREMADURA
Órgano
DIRECCIÓN GENERAL DE INTELIGENCIA COMPETITIVA Y COMERCIO
Ámbito
Extremadura

Título oficial: AYUDAS 2026 A PYMES PARA LA INTERNACIONALIZACIÓN DE LA EMPRESA EXTREMEÑA Y MEJORA DE LA COMERCIALIZACIÓN, S/ RESOLUCIÓN DE 10 DE OCTUBRE DE 2025, QUE LA CONVOCA

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Datos actualizados el 28 de septiembre de 2026. Esta ficha es orientativa y la ha preparado Subvención Clara, que no es un organismo oficial: lo que vale es la convocatoria publicada en el boletín oficial.